El Consejo de Ministros remitió ayer a las Cortes el proyecto de ley reguladora de la protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero para que el Régimen del Mar incluya a nuevos colectivos como rederos, buzos, personal de plataformas petrolíferas o empleados en puertos, pesca o acuicultura.

En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, explicó que se trata de una iniciativa para mejorar "la situación y el empleo de calidad" entre estos trabajadores.

Ha señalado que se han seguido las instrucciones de la Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas, el Instituto Social de la Marina (ISM) ha trabajado en la racionalización de la normativa de su competencia y, fruto de este análisis, ha surgido esta norma que sustituye a una regulación "que tiene más de 40 años".

Así, la norma prevé incluir en el Régimen del Mar a los trabajadores de plataformas petrolíferas, a quienes están enrolados en embarcaciones, como personal de investigación o seguridad, los que se dedican a la acuicultura, buceadores, rederos por cuenta ajena, estibadores o prácticos de puertos, entre otros.

La vicepresidenta ha añadido que también se incluye a los trabajadores por cuenta propia del sector, colectivo que hasta ahora no contemplaba este régimen.

En un comunicado, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha señalado que el proyecto de ley, que se ha aprobado a propuesta de la ministra Fátima Báñez, comienza ahora la tramitación parlamentaria tras recibir el dictamen favorable del Consejo Económico y Social (CES).

Entre las novedades, Empleo ha destacado la incorporación de trabajadores al Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar -tanto autónomos como asalariados- que "durante años han reivindicado su encuadramiento en este régimen".

Así, ha precisado Empleo, se incorpora a este régimen el personal que presta sus servicios en plataformas fijas, como plataformas petrolíferas, de gas o similares y los trabajadores dedicados a la acuicultura.

En este caso, la acuicultura se entiende como actividad que se desarrolla en la zona marítima y marítima terrestre y se excluyen criaderos, granjas marinas y centros de investigación de cultivos marinos, así como la acuicultura en agua dulce, que seguirán estando encuadrados en el Régimen General.

Sí entran al Régimen del Mar los buceadores, "tanto los extractores de recursos marinos como los profesionales, con exclusión de los recreativos", los rederos "por primera vez expresamente como trabajadores por cuenta ajena" y los "estibadores portuarios".

Los prácticos de Puerto y los trabajadores autónomos tanto de Marina Mercante como de embarcaciones deportivas y de recreo o de tráfico interior de puerto, son otros de los colectivos que se suman ala Régimen del Mar.