La magistrada del Juzgado de lo Penal 3 de Vigo absolvió a los cuatro acusados "hackear" el Facebook de una emisora de radio sita en Samil en la que colaboraban. La juez entiende que si bien los hechos delictivos sí se produjeron, "no ha quedado acreditado" que los encausados participasen en ellos.

La jueza contempla en la sentencia que si bien "es cierto que contamos con un indicio relevante", que no es otro que la "publicitación de un proyecto" llevado a cabo por los propios acusados, este no se sustenta. Aprecia también la magistrada que las "contradicciones son notorias y evidentes entre los testigos hasta el punto de que [?] ni siquiera ha resultado acreditado cuáles eran las claves de acceso en el momento de los hechos y tampoco que el acusado tuviera conocimiento de los mismos."