El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) avala que los comercios del Casco Vello y el barrio histórico de Bouzas puedan abrir hasta las diez de la noche todos los días del año. La Sección 1 de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha desestimado el recurso presentado por la Asociación Empresarial de Industriales y Comerciantes de As Travesas (Aetravi) contra la resolución de la Xunta que aprobó la propuesta del Concello de Vigo para declarar ambas zonas como de gran afluencia turística.

El 15 de julio de 2016, la Consellería de Economía, Emprego e Industria dio el visto bueno a la propuesta aprobada por mayoría absoluta del pleno municipal casi un año antes para que los establecimientos de ambos barrios históricos y algunas calles del centro de la ciudad tuviesen libertad de horario.

Además de su propia memoria, el Concello presentó ante la Xunta los informes a favor de la declaración de la Cámara Oficial de Comercio de Pontevedra, Vigo y Vilagarcía, así como de casi una veintena de asociaciones y federaciones de comerciantes y hosteleros de la ciudad, que respaldaron la delimitación territorial y los horarios. También apoyaron la petición las organizaciones sindicales UGT, CC OO y CIG, y la Asociación de Amas de Casa y Consumo Agarimo.

Pero Aetravi decidió impugnar la resolución del Gobierno gallego alegando que la apertura comercial durante todo el año no estaba justificada. Y en su lugar, proponía que se limitase al periodo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre cuando el número de turistas es mayor y también el volumen de compras.

No obstante, el Alto Tribunal gallego respalda los argumentos que justifican la declaración de esas dos áreas como zonas de gran afluencia turística y cita en su fallo, entre otras circunstancias previstas por la legislación, la concentración de plazas en alojamientos y establecimientos turísticos la ciudad, la existencia de un turismo de compras, la proximidad de un área portuaria en la que operan cruceros y con una afluencia significativa de visitantes o la celebración de grandes eventos deportivos.

El TSXG también hace referencia en su fallo a un informe de la letrada de la Xunta con "argumentos de peso" para apoyar la ausencia de una restricción temporal como reclamaba Aetravi. Entre esas razones, cita que el 56% de los viajeros opta por visitar la ciudad entre los meses de octubre a mayo.

De esta forma, la actividad comercial, genérica o especializada, puede generar el denominado "turismo de compras". Vigo es un destino urbano que ofrece productos y recursos que se pueden consumir durante todo el año y además una parte importante de sus visitantes llegan a la ciudad por negocios y, por tanto, su comportamiento no es estacional.

El fallo del magistrado Fernando Seoane Pesqueira, con fecha del pasado día 20, también recoge que la mayor afluencia de pasajeros de cruceros no se produce precisamente durante el verano. En 2015, los meses con mayor volumen de trasatlánticos fueron mayo, septiembre y octubre.

Por todo ello, el Tribunal Superior de Xustiza desestima el recurso y e impone a la asociación Aetravi el pago de las costas procesales, fijando en 1.500 euros la cuantía máxima en concepto de defensa y representación de las partes demandadas, a razón de 750 euros cada una. Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.