La difícil situación que atraviesan los gallegos que trabajaron en Venezuela y regresaron a España, al dejar de percibir las pensiones de jubilación (o de otra índole) por parte del Gobierno de aquel país, llegó ya a los juzgados de Vigo. Las salas laborales recibieron desde el verano más de veinte demandas y las sentencias dictadas dan la razón a estos emigrantes retornados.

La mayoría de demandas presentadas en los juzgados vigueses son de gallegos que trabajaron en Venezuela y, de vuelta a España, también lo hicieron aquí. "Al cotizar en dos países, tienen una pensión a prorrata", explican fuentes jurídicas. El problema es que, cuando el Gobierno de Nicolás Maduro dejó de abonarles la cuantía mensual correspondiente a ese país -una situación que se mantiene desde enero de 2016-, muchos de estos jubilados se quedaron solo con la relativa a España, que en multitud de casos es ínfima, incluso, en ciertos supuestos, inferior a los 100 euros al mes.

Solución

La solución que tienen estos emigrantes retornados es reclamar a la Seguridad Social española lo que se denomina complemento a mínimos -cantidad adicional que se añade al importe de la pensión, en su modalidad contributiva, cuando ésta no alcanza el mínimo fijado legalmente-. Pero los afectados se están topando con que este organismo deniega las solicitudes arguyendo que tienen reconocida la prestación de Venezuela. Ante esta situación, han sido muchos los perjudicados que han optado por recurrir a la Justicia. Y ahí sí que están ganando la batalla.

En los juzgados laborales de Vigo ya se dictaron varias sentencias. Una de las últimas tiene fecha del pasado 25 de octubre. Se trata del caso de un jubilado que tiene reconocida una prestación de jubilación en virtud del convenio hispano-venezolano de Seguridad Social, desde el 2009, en una cuantía que en la actualidad es de 98,93 euros. Y esta es la única cantidad que ha venido recibiendo mensualmente desde principios de 2016 debido al impago de la parte de la pensión que debe sufragar Venezuela. Tras pedir el complemento a mínimos en España, éste le fue denegado.

Ahora la Justicia le da la razón. El fallo dictado por el magistrado Germán Serrano, titular del Juzgado de lo Social número 2 de Vigo, estima íntegramente la demanda y condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social español a que se le reconozca el derecho a percibir una cuantía básica, así como a que abone al jubilado 12.124 euros, correspondientes a lo que debería haber percibido -a mayores de esos 98 euros mensuales- desde enero de 2016 y hasta este septiembre.

"Se acredita esencialmente que el derecho a una prestación en Venezuela, argüido por la Entidad Gestora, no es real ni efectivo, porque no se cobra, circunstancia que obliga a la Seguridad Social española a reconocer el complemento a mínimos que ahora se deniega", se argumenta en la sentencia, en la que se citan resoluciones del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en supuestos simulares, así como la jurisprudencia del Tribunal Supremo. En éste y otros fallos dictados en la urbe olívica en casos de la misma materia se destaca que la finalidad de ese complemento "es garantizar ingresos suficientes".

Igual que en los juzgados de lo Social de Vigo y de otras ciudades, el TSXG ya ha resuelto casos en los que insta al Gobierno central a compensar a los retornados que no cobran la jubilación de Venezuela. Los afectados en la comunidad gallega se cuentan por miles.