La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo ha emitidos dos sentencias en las que absuelve a sendos acusados de tráfico de drogas, por considerar que no se ha probado la comisión del delito.

El primero de los casos es el de un acusado, D.G.G., para quien la Fiscalía solicitaba 3 años y 9 meses de prisión. El tribunal considera probado que el acusado fue interceptado por la Policía en la madrugada del 20 de septiembre de 2015 en la zona de Areal, y que llevaba encima seis envoltorios con cocaína adulterada con varias sustancias.

Sin embargo, no cree suficientemente acreditado que la droga estuviera destinada a la venta y no al consumo, como así manifestó el acusado en el acto de juicio, y por ello lo absuelve, aplicando el principio 'in dubio pro reo'.

Del mismo modo, con respecto a S.T.G., que fue juzgado también por tráfico de drogas y para quien la Fiscalía pedía tres años de cárcel, la Audiencia considera que, aunque resulta probado que la Policía le intervino varias papelinas de droga (anfetamina, cocaína y MDMA), así como cannabis y resina de cannabis, no es cuantía suficiente para considerarlo un delito de tráfico de drogas.

Además, según se recoge en la sentencia, tampoco se pudo acreditar ningún acto de tráfico, o intercambio de las drogas por dinero.