La sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha dado carpetazo a las pretensiones de los afectados por las obras de la estación depuradora de Coruxo, que reclamaban que sus fincas se tasasen según la calificación de suelo urbano o urbanizable en vez de rústico, como se hizo. Las sentencias ratifican la valoración realizada por el Jurado de Expropiación de Galicia, diez veces menor que la valoración realizada por los cuatro propietarios que en sus recursos también proponían una tasación "intermedia" alternativa basada en un informe pericial. Así, para una de las fincas expropiadas, tasada en 5.106 euros, su titular consideraba como "precio justo" 67.167 euros o, "si no se considerase plenamente justificada esa cantidad", la valoración de 27.123 euros realizada por el perito. Los fallos fijan una imposición de costas de hasta 1.500 euros para cada uno de los propietarios, que pueden interponer un recurso de casación o recurrir ante el Supremo.