La faceta quizás más visible de los tres juzgados de lo Penal de Vigo es la celebración de juicios. Pero donde la carga de trabajo se multiplica es en relación con la ejecución de las sentencias firmes, es decir, dar cumplimiento y llevar el control de las condenas de prisión, multas o trabajos sociales, entre otras muchas medidas, que se contemplan en estas resoluciones. Y solo por ejemplo en lo relativo a presos que están cumpliendo en la actualidad penas de cárcel, estos tribunales tienen activas entre los tres un total de 1.200 causas de las que deben de llevar un control hasta que los reos extinguen su condena. La "continua" labor de revisión que conllevan las ejecutorias, y el elevado número que acumulan, es lo que acaba de llevar a los letrados de la Administración de Justicia de estas salas a elevar -a través del sindicato SPJ-USO- informes a la Xunta urgiendo una medida de refuerzo "necesaria y proporcionada" consistente en prolongaciones de jornada para funcionarios.

La ejecución de sentencias de toda clase de delitos de su competencia es la labor más abultada y compleja de estos juzgados: además de los fallos dictados en sus propias salas, también deben dar cumplimiento a los que les derivan los juzgados de Instrucción consecuencia de las conformidadades de juicios rápidos de las guardias. En este último caso, la mayoría son por delitos contra la seguridad del tráfico.

¿Y cuántas ejecutorias se acumulan en los tribunales penales? Los informes de los letrados de la Administración de Justicia ahondan en esta cuestión. Por un lado, están las que van ingresando nuevas, que en el primer trimestre de este 2017 supusieron casi 500 entre los tres. Resolvieron, y con ello cerraron del todo, un total de 915 y tenían pendientes de resolver a fecha de este pasado 1 de abril más de 1.500. Pero en esta estadística no se contemplan otras cifras en las que juzgados y SPJ-USO ahondan especialmente a la hora de pedir una medida de refuerzo que ya instaron hace un año sin éxito. El de las ejecutorias que están en archivo provisional: expedientes que se mantienen silentes pero vivos, muchas veces durante años, hasta que el condenado acaba de cumplir la pena impuesta. "Suponen una carga de trabajo muy importante", advierten.

¿Y cuántas son? Pues los tres tribunales acumulan la friolera de 4.993 expedientes de este tipo, una media de 1.650 cada uno. "Las ejecuciones en archivo provisional exigen un control continuo", se señala. Cualquier incidencia en el cumplimento de la pena obliga a reabrirlas y cuando esta condena finaliza, también hay que hacer el trámite para proceder a cerrarlas de forma definitiva. Precisamente, uno de los objetivos de la prolongaciones de jornada que se demandan es revisar todos los expedientes archivados provisionalmente. "Todas ellas tienen que ser reabiertas para comprobar su estado, acordar la remisión o la revocación en caso de suspensión de la pena de prisión y para actualizar la situación patrimonial del penado en los casos de archivo hasta mejor fortuna", exponen.

Penas

Una de las variadas penas que puede contemplar una sentencia es la de prisión. Y el número de expedientes de esta índole es especialmente abultado. A 31 de marzo de este año las salas tenían activas 1.200 causas -entre 364 y 425 cada una- de presos que se encuentran cumpliendo pena de cárcel. La mayoría de esas ejecutorias están en situación de archivo provisional. Y la labor que genera es "muy importante", se señala, por cuestiones como los "continuos oficios" de los centros penitenciarios o escritos que los reos remiten directamente al juzgado.

"Estas causas se refieren a condenados que están cumpliendo pena de cárcel", explican fuentes judiciales al respecto para aclarar que no se trata solamente de los presos que se encuentran físicamente en un centro penitenciario -como es el caso de los clasificados en primer y segundo grado-, sino también los que están en otros regímenes como el tercer grado -semilibertad- o el de libertad condicional.

Estos expedientes no se cierran del todo hasta que el reo acaba de saldar su pena y se procede al licenciamiento definitivo. La mayoría de los condenados de los juzgados vigueses están en la prisión pontevedresa de A Lama, pero también los hay en muchos otros centros penitenciarios tanto de Galicia como del resto del país. "Prácticamente en todas las cárceles de España hay alguno", apuntan las fuentes. El control de las penas de cárcel, en todo caso, no solo corresponde al juzgado penal que dictó la sentencia. Éste es el que debe hacer la liquidación de condena, acordar el ingreso en prisión y finalmente el licenciamiento, pero los tribunales de Vigilancia Penitenciaria también tienen sus propias competencias.

Junto a las condenas de prisión, los tribunales de lo Penal llevan asimismo el control del resto de medidas que pueden comprender las sentencias: multas, trabajos en beneficio de la comunidad, prohibiciones de aproximación y comunicación con la víctima... En este último caso, por ejemplo, los números también son abultados y se cuentan por cientos las penas de esta índole activas que se deben controlar.

Al exponer su situación, los juzgados de lo Penal no solo inciden en el gran número de expedientes, sino también en la materia "sensible" y "delicada" que tramitan.