"Las expresiones proferidas por la acusada son ofensivas y objetivamente graves para considerar menoscabada la dignidad y el honor de la perjudicada además de su crédito como profesora y no pueden verse amparadas por el derecho a la crítica". Con estas palabras argumenta la titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo la sentencia condenatoria emitida contra L.D.C, la madre viguesa que calumnió a una profesora de su hijo de cinco años a través del grupo de WhatsApp de padres de alumnos. La mujer fue condenada a una pena de multa de 630 euros por un delito de calumnias al escribir un mensaje en dicho grupo que la docente G.H.C. se dedicaba a "zarandear" a su hijo "de malas formas, a tirarlo del brazo, se burla de él, le come el bocadillo...".

La acusada reiteró en varias ocasiones durante el juicio que este comentario respondía únicamente a informaciones que le llegaban de su hijo y que su intención era la de conocer si había otros casos como los que relataba el pequeño añadiendo que su intención al enviar el mensaje no fue la de ofender. La magistrada, sin embargo, entiende que sí existió "dolo" en sus palabras efectuando "una acusación precisa y directa de un hecho delictivo [...] como es el maltrato de obra sobre un alumno".

El fallo también excluye la posibilidad de que la acusada "no fuera consciente del significado de las expresiones utilizadas"- versión alegada por la defensa de la acusada- y añade que actuó con ánimo de "infamar, difamar y perjudicar el honor de una persona, [...] infiriéndose de modo claro una finalidad de descrédito o pérdida de estimación pública".

En cuanto al modo y la forma en la que acusada expresó estas calumnias hacia la docente, la juez deja reflejada en su sentencia que actuó "con temerario desprecio hacia la verdad", al haber quedado acreditado, según reza el fallo, que la progenitora no ha mostrado "el más mínimo interés en la comprobación" de las informaciones que le contaba su hijo. Este argumento quedó patente durante la celebración de la vista, cuando la acusada reconoció no haber puesto la situación en conocimiento del centro escolar para tratar de esclarecerlos.

Uno de los puntos que más controversia generaron durante el juicio también se aclaran en esta sentencia. Días después de la emisión del mensaje, la acusada volvió a mandar otro al mismo grupo en el que pedía perdón por haber escrito ese comentario en el grupo al no ser sitio indicado para hacerlo. Esta aclaración no fue aceptada por la profesora damnificada, que empezó a ser conocida por el apelativo de 'monstruo del chorizo', al considerar que no se disculpa por los hechos sino por la forma en la que lo hizo.

La juez apunta que el mensaje "en ningún momento evidencia la intención de retractase" sino que días después, en un acto de conciliación, "la acusada manifestó que en ningún momento iba a reconocer el carácter falsario e injurioso del mensaje", que generó en la perjudicada "inquietud, preocupación, angustia, deshonor y tristeza".