La Gerencia de Urbanismo ha dado un plazo máximo de seis meses a los propietarios de una edificación de grandes dimensiones situada en la calle Romeu, 32, en la parroquia de Coruxo, para que procedan a su demolición. La estructura cuenta con una superficie total de 871 metros cuadrados y consta de cinco plantas -semitótano, planta baja, primera, segunda y bajo cubierta- de la que únicamente se realizaron los forjados de hormigón y los cerramientos de ladrillo.

La licencia municipal, otorgada en agosto de 1974, se concedió para llevar a cabo un almacén de planta baja y primera de 280 metros cuadrados. La construcción fue iniciada posteriormente y en 1996 cambió de manos. Tras recibir la orden de derribo, los propietarios alegaron que la estructura no se ha modificado desde que la compraron hace veinte años, que está en las mismas condiciones que entonces y que las obras llevan más de 19 años paralizadas. Aseveraron además que el expediente está caducado por haber transcurrido un plazo de seis años pero ninguno de estos argumentos fue estimado por la Gerencia, que reiteró que se trata de una obra sin licencia no legalizable que no cumple con los parámetros de plantas, altura y edificabilidad establecidos.

Por ello, ordena la demolición a costa de los propietarios e impide definitivamente los usos a los que se diese lugar o, si es el caso, a la reconstrucción de lo indebidamente demolido. La administración da un plazo de tres meses para que se presente un proyecto técnico de demolición y ésta deberá iniciarse en el plazo de un mes y finalizar en otros tres tras la presentación de dicho proyecto.

En el caso de incumplimiento de esta orden de derribo, la Administración advierte de que procederá a la ejecución del mismo de forma subsidiaria o la la ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas reiterables mensualmente en cuantías que oscilan entre los 1.000 y los 10.000 euros cada una.

Finalizada la vía administrativa, Urbanismo recuerda que los propietarios tienen un mes para interponer un recurso potestativo de reposición o acudir al contencioso-administrativo en dos meses.

Travesía Espiñeiro

Por otra parte, laGerencia de Urbanismo también decidió desestimar el recurso de reposición interpuesto por otro propietario al que se le instó a la demolición de parte de una construcción en Travesía Espiñeiro por ser ésta incompatible con el ordenamiento urbanístico. En concreto, se trata de la construcción de una planta bajo cubierta y la ampliación de 85 metros cuadrados en planta baja entre la edificación y el vial. El propietario, además, debe realizar demoliciones en el muro de perpiaño de granito y pedir posteriormente una solicitud de licencia para legalizarlo.

El responsable cuenta igualmente con un plazo máximo de tres meses, ampliables por potros tres si la complejidad técnica así lo justifica, para solicitar una licencia de legalización de la vivienda principal que contemple el derribo de esas partes que no pueden ser legalizables.