El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo suspende el funcionamiento del Área Metropolitana de Vigo, la presidencia de Abel Caballero y los acuerdos adoptados por los siete concellos que integraban su Junta de Gobierno. El auto comunicado ayer a las partes asume los argumentos de la Xunta sobre las irregularidades en la puesta en marcha del nuevo ente supramunicipal. Declara "inválida" la composición de la Mesa de Edad que dirigió la primera asamblea y la propia constitución del organismo ordenando la paralización de todos sus órganos. El magistrado no entra, sin embargo, a dirimir las discrepancias entre el Gobierno gallego y el Concello de Vigo sobre la financiación del transporte metropolitano. Es más, deja claro que la Disposición Adicional 11 de la ley "no supedita la constitución de la asamblea a la integración del transporte urbano de Vigo en el plan autonómico". De esta forma, la paralización del Área se produce por un error formal en la elección de dos representantes de Moaña (BNG) y Gondomar (PSOE) y no por la falta de acuerdo para la adhesión de Vigo al plan de transporte de la Consellería de Infraestructuras.

La Xunta se negó desde el primer momento a reconocer la existencia del Área Metropolitana y el 30 de diciembre le negaba la inscripción en el Rexistro de Entidades Locais de Galicia abriendo así una guerra política que después trasladó a los tribunales al presentar un recurso cuestionando la legalidad de la asamblea constituyente. El día 20 de enero solicitó la suspensión cautelar del organismo cuya Junta de Gobierno ya se había reunido en dos ocasiones. Sus tres principales bazas eran que la puesta en marcha del ente requería la integración efectiva de Vigo en el transporte metropolitano, el nombramiento irregular de dos consejeros metropolitanos y que bajo su punto de vista, cuando se procedió a la elección del presidente la asamblea ya había sido suspendida por la Mesa de Edad.

Vistos sus argumentos, el auto de medidas cautelares ordena "la suspensión del Área y de todos los órganos creados". "El sedicente funcionamiento de una institución que carece de presupuestos y cuya inscripción en el Rexistro de Entidades Locais ha sido denegada solo puede propiciar unas nebulosas expectativas que al interés general nada añaden", argumenta el magistrado.

| Moaña y Gondomar. La primera "razón" en la que se fundamenta la paralización del órgano es el hecho de que los concellos de Moaña y Gondomar acudieron a la asamblea constituyente con dos representante "cuyo nombramiento es contrario a derecho" debido a una mala aplicación de la Ley D'Hont en sus respectivos plenos. "Dos concellos habían designado a sus representantes de un modo distinto al contemplado en la ley. Los integrantes de la Mesa de Edad advirtieron esa irregularidad relevante y en ese momento mismo tendría que haberse suspendido la sesión señalando una nueva reunión para dentro de los dos días siguientes", se apunta en el auto, que sitúa este error formal como origen para la anulación de todas las actuaciones posteriores.

| Reanudación de la asamblea. La Mesa de Edad advirtió que dos consejeros metropolitanos no podían tomar posesión -abandonaron la reunión- y el juez entiende que ese hecho debió tener "la ineludible consecuencia de suspender la sesión". Se alude en este punto al hecho de que los nuevos nombramientos por parte de Moaña y Gondomar podrían alterar la constitución de la Mesa de Edad -formada por el miembro de mayor edad del plenario y por el más joven- que integraron el 1 de diciembre el alcalde de Salvaterra, Arturo Grandal, y la edil viguesa de Turismo, Ana Laura Iglesias. El Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo da por lo tanto la razón a la Xunta en cuanto al "irregular" nombramiento de dos consejeros y también apoya la decisión de Grandal de suspender la asamblea hasta que los concellos afectados subsanasen esos errores. Este fue el momento en el que el PP abandonó la sesión y el secretario de Vigo y del Área Metropolitana, que no compartía su criterio, decidió seguir adelante con el orden del día hasta concluir la elección de Abel Caballero como presidente. El juez se pronuncia sobre esta reanudación asegurando que "prescindía absolutamente del procedimiento establecido". Añade que el secretario "carecía de facultad de dirección de la asamblea". Es por lo que declara que "todas las actuaciones tras el cierre de la sesión efectuada por el presidente de la Mesa de Edad aparentan nulidad de pleno derecho", abunda.

| Transporte. El juez argumenta la suspensión cautelar en cuestiones formales y no establece una relación directa entre la paralización del ente y la falta de acuerdo para la integración de Vigo en el transporte metropolitano que centra el debate político. El magistrado señala que la Disposición Adicional 11 de la ley "no supedita la constitución de la asamblea a dicho condicionante". Apoya que en primer lugar se hubiera constituido el Área y que luego se verificase la efectiva integración o no del transporte, facultad que recaería "sobre un órgano que bien podría ser la propia asamblea una vez constituida válidamente". El auto constata que no se ha materializado ni la adaptación de las canceladoras ni la aplicación de las tarifas del transporte metropolitano en Vigo, pero añade a continuación que "no es este el tiempo ni el lugar para juzgar sobre voluntades ni para señalar responsabilidades" y deja la cuestión al margen de este litigio.