El empresario vigués del metal Jaime Antonio M.D. fue condenado en junio de 2015 a un año de cárcel por alzamiento de bienes. Apeló esta sentencia ante la Audiencia de Pontevedra y la magistrada y tribunal que la encabezan la rechazaron. En noviembre del mismo año fue juzgado por otro delito de alzamiento de bienes y estafa en otra sección de la Audiencia provincial de la que formaba parte la anterior magistrada.

Por esta razón- ser juzgado en dos ocasiones por la misma juez- el empresario decidió presentar un recurso ante el Tribunal Supremo al considerar que se había vulnerado su derecho fundamental al juez predeterminado por la Ley. Sin embargo esta sala no le ha dado la razón. El Alto Tribunal ratificó en una sentencia que un magistrado no pierde la imparcialidad por enjuiciar a un misma persona en dos ocasiones. Aclara también que esta interpretación será válida siempre y cuando se traten de hechos diferentes y que las personas implicadas sean distintas en ambos casos. "Los hechos que se dirimían en el referido recurso de apelación y los que se examinan en la presente causa no son los mismos, [...] son dos episodios integrantes de una conducta de alzamiento de bienes pero se tratan hechos distintos", apunta la sala en su sentencia.

Reitera que las personas implicadas en una y otra causa no son las mismas, por lo que "no puede admitirse que la magistrada a la que ahora se tilda de falta de imparcialidad actuara con ese déficit procesal que se le atribuye, ya que se limitó a enjuiciar un hecho distinto y con protagonistas diferentes".