El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Vigo estimó en parte el recurso interpuesto por una mujer perceptora de la Renta de Integración Social de Galicia (Risga) y declaró "contrario al ordenamiento jurídico" que la Xunta le impida conservar la ayuda si comparte domicilio con otra persona perceptora con la que no está emparentada ni tiene relación sentimental.

Tal y como consta en la sentencia, la mujer percibe la Renta de Integración Social de Galicia desde el año 2010, y en 2015 se mudó a un domicilio en el que convivía con otra mujer, que es también perceptora de la Risga pero con la que no comparte ningún vínculo de parentesco ni relación análoga a la matrimonial.