La constitución del Área Metropolitana de Vigo, finalmente, ha llegado a los tribunales. Cumpliendo su anuncio y en el último día hábil del plazo disponible, la Xunta de Galicia interpuso ayer un recurso contencioso administrativo contra la constitución del ente supramunicipal, la elección de su presidente y el resto de acuerdos adoptados, así como de las juntas de gobierno celebradas. Va más allá y pide al juez que, mientras se resuelve este procedimiento, ordene la suspensión de la institución.

El gobierno gallego sostiene la demanda remitida ayer a los juzgados vigueses, principalmente, en que la creación y puesta en marcha del Área Metropolitana es ilegal al no haberse producido la integración efectiva del transporte metropolitano y por los errores en la designación de los representantes de los municipios de Gondomar y Moaña en la asamblea. Apoya su escrito en numerosa documentación, incluidas noticias de prensa, pero sobre todo en los informes de la Dirección Xeral de Administración local y del Consello Consultivo de Galicia (CCG).

| Transporte. Es el argumento fundamental del recurso de la Xunta. Insiste en que la modificación de la ley del Área estipuló que la puesta en funcionamiento del ente "requiere la previa integración efectiva del transporte urbano de Vigo" en el metropolitano y sostiene que "no solo es nuclear para los intereses de los vecinos, sino que fue resultado de reuniones y de un consenso entre todos".

Aunque supone que el Concello "no llegará a negar que tal integración no existe", abunda en el tema aludiendo a un informe de la Dirección Xeral de Mobilidade que defiende que la Administración local "imposibilita" su entrada al no cumplir "sus compromisos de adaptación tecnológica y no asumir las mismas condiciones que le son aplicables al resto de municipios gallegos".

En la demanda, la Xunta asegura que Vigo "no quiere avanzar" en este tema porque "su intención es dar un tratamiento diferente a los usuarios empadronados en los otros concellos". La interpretación del convenio que hace Vigo es que le corresponde subvencionar un transbordo gratuito de entrada a la ciudad y otro de salida, siempre condicionados a que el usuario proceda o se dirija a un autobús interurbano. El gobierno gallego entiende que, con ello, "incluso está incumpliendo compromisos conveniados y firmados al respecto" y se refiere al acuerdo firmado en el mes de julio con la Consellería de Medio Ambiente para la entrada en el plan de transporte metropolitano. A este respecto, recuerda que el CCG determinó que esta rúbrica "en modo ninguno" supone la integración que se requiere en la ley para crear el Área.

Entiende que poner en marcha el ente sin el transporte "no solo es una transgresión legal, sino la contravención de la esencia misma de lo que estas áreas significan".

| Ediles de Moaña y Gondomar. La Xunta señala que el CCG, en un informe solicitado por Vigo, consideró "impeditivo" de la constitución de la asamblea los errores en la designación de los representantes de Moaña y Gondomar. Reprocha que el alcalde de Vigo, Abel Caballero, pidiera luego otro informe a un funcionario de su Administración -el secretario del pleno-, que declaró que no procedía suspender la convocatoria de la asamblea.

| Otros argumentos. El gobierno gallego sostiene que hay "muchos más motivos" que impedían la constitución del área. Entre otros, aduce que se desatendió la decisión de quien ostentaba la presidencia de la mes a de esa de suspender y levantar la asamblea; que fue el secretario "por propia iniciativa y sin refrendo de ningún tipo en esa decisión" quien decidió continuar; o que el acta "no conste como aprobada ni sometida a la consideración de los conselleiros". Considera que "no se sostiene" tratar de "desactivar" todo esto porque la ley determinaba una fecha para la celebración de la asamblea.

| Medidas cautelares. Para solicitar al juez que pare el Área y todos sus acuerdos, la Xunta advierte de los "pasos aceleradísimos" que se están dando para su efectiva puesta en funcionamiento y, como ejemplo de esto, expone la celebración de juntas de gobierno y la adopción de acuerdos en este sentido, así como la "fluida periodicidad de convocatoria" que se anuncia para "avanzar con extrema velocidad".

"Con la situación descrita, no acordar la medida cautelar implicaría prejuicios irreparables en el sentido de que los órganos del Área Metropolitana comiencen a ejercitar sus funciones poniendo en efectivo funcionamiento a este ente local en contradicción expresa de un mandato legal taxativo" defiende. De hecho, subraya que "pocos casos de necesidad de medidas cautelar puede haber más fundamentos que este" para "evitar que una flagrante inobservancia, prima facie [a primera vista], de un mandato de rango legal, continúe y haya luego que deshacer todo lo hecho en este tiempo".

Advierte que "podría no ser pleno el restablecimiento de la situación creada" y alerta de que si se continua con la "estrategia de hechos consumados" podría ocasionar un "caos" si comienza "a sumir estos contratos de gestión de servicios de transporte público regular" o "el resto de competencias y transferencias previstas".

Considera que el Tribunal Supremo reconoce que se puede acordar esta paralización por ser "grosera, palpable y evidente la infracción normativa". Sostiene que no cabe aplicar la regla general de la no suspensión porque no se está en la discusión entre un privado y un público, sino entre dos administraciones.