Desde el estallido de la crisis, las deudas y número rojos coparon las cuentas y cartillas de muchos trabajadores y autónomos vigueses. Las empresas quebraron y muchos empleados se vieron ahogados por los pagos de débitos y quitas. Los concursos de acreedores se convirtieron en el mecanismo del tratamiento de la involvencia por excelencia, pero no solo las entidades pueden beneficiarse de ellos sino también las personas físicas.

Tras la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, son los Juzgados de Primera Instancia los que tramitan estos recursos, que antes eran competencia de los tribunales del Mercantil. Durante el año 2016 fueron una veintena de vigueses los que solicitaron su entrada en concurso de acreedores tras declararse en quiebra. Tal y como explica uno adminstrador concursal de Vigo el curso del procedimiento es "idéntico" al de un concurso de entiedades. "Una persona que se encuentre con un elevado endeudamiento o un desequilibrio patrimonial muy severo tiene la obligación, y a la vez la posibilidad, de declararse en concurso de acreedores. Lo presenta y el juez decide si aprobarlo o no. Si va para adelante, se le asigna un administrador concursal y se inicia el proceso".

Una vez se pone en marcha este mecanismo de 'segunda oportunidad' se puede optar por una fase de convenio con los acreedores o liquidar directamente los bienes del particular. "Si se opta por la primera fase, el quebrado ve si ouede salvarse o no tratando de llegar a un acuerdo con los acreedores. En este paso, nuestro papel es dar el viesto bueno a sus decisiones. Y luego está la segunda fase que es la de liquidación en la que directamente nosotros sustituímos a la persona física y pasamos a gestionar sus cobros, sus pagos y todos sus movimientos bancarios" , señala el administrador.

¿Esto implica que la persona pierde todas sus propiedades? Efectivamente, pero también deja de soportar sus deudas. "El resultado final, para que quede limpio de cualquier deuda o carga, la ley exige que se le liquiden todos sus bienes. Esa persona debe iniciar su vida desde cero", señala. Pero aunque empiece desde cero, no estará solo, sino que le 'acompañará' el administrador concursal: éste pasa a controlar todas sus cuentas, vende sus propiedades y paga a los acreedores "hasta donde se pueda". "El deudor, en la gran mayoría de los casos, cuenta con una nómina de la cual, un margen se destina a su propia manutención mientras el resto va destinada al pago de las deudas".

Y es que no todas las deudas le son 'perdonadas'. Las referidas a débitos públicos- Seguridad Social, Hacienda, Xunta y Ayuntamiento- deben ser abonadas sin excepción."Estos impuestos nunca son exonerados", comenta el administrador concursal, que apostilla que el juez puede llegar a "rebajar los recargos, intereses, etc." .

La hipoteca de uno o varios pisos, las deudas bancarias o las responsabilidades por ejercer de aval son las quitas que sí son perdonadas en el concurso y es especialmente esta última la "causante" de la gran mayoría de las quiebas. "Eres un empleado o un autónomo normal y decidiste avalar a tu hermano o incluso a una empresa, éstos no pagaron y ahora se te echan encima. En este caso, al entrar en concurso pierdes el aval pero el banco ya nunca podrá reclamarte esa deuda", contempla el administrador concursal consultado por este periódico.

Empleados o autónomos

Tanto empresarios, como trabajadores o autonomos responden al perfil de personas concursadas. "Nos encontramos muchas situaciones de pequeños autónomos que tienen sus empresas y en algún momento en la que esta no iba bien decidieron pedir un préstamo y pusieron su propio piso como aval. La empresa quebró y generó una deuda tran brutal que no le puede hacer frente", añade el también economista.

¿Y que sucede si se diera una época de bonanza? En el caso de que a la persona la cual se le perdonó una deuda le tocase una primitiva o montase un negocio que le generase importantes beneficios, los antiguos acreedores podrían reclamar las deudas pasadas. "Tras el concurso las deudas quedan inactivas, no pueden reclamártelas, pero en caso de que puedas hacer frente a ellas, sí tendría derecho a hacerlo", apunta. ¿Y si vuelves a recaer en un segundo concurso? Si vuelves a entrar en concurso, automáticamente todas las deudas atrasadas "resucitan". En estos casos, el concurso se calificaría como culpable en vez de fortuíto y el proceso sería más complejo.