No es una sentencia que genere jurisprudencia, pero sienta un importante precedente en una cuestión que afecta a miles de mujeres. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado un fallo en el que establece que la prestación por maternidad que abona la Seguridad Social a las madres trabajadoras durante la baja maternal posterior al nacimiento de sus hijos está exenta de tributar el IRPF. La resolución hace presagiar que no serán pocas las contribuyentes que se animen a reclamar la devolución de las retenciones practicadas y de hecho, en varios despachos de abogados de Vigo ya han atendido durante los últimos días consultas de mujeres que cobraron esa prestación, por lo que están empezando a preparar reclamaciones, que antes de ir a la vía judicial -en el caso de la comunidad gallega el órgano competente es el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)- deberán agotar la administrativa previa donde lo más que previsible es que la Agencia Tributaria, como vino manteniendo hasta la fecha, se oponga a devolver el IRPF abonado. La esperanza de los demandantes estará puesta en los magistrados. La sentencia de Madrid se ciñe al caso de la madre que protagoniza esa resolución, por lo que, admiten varios letrados, cierto "factor de riesgo" estará presente en las futuras demandas -al no ser vinculante, el criterio de otros tribunales también puede ser el contrario-, pero aún así estiman que ahora "es el momento" de plantearlas: "Con este fallo judicial favorable a la devolución, sin duda se abre una puerta".

En el caso de la mujer que ganó la batalla legal en Madrid lo que reclamó fue la devolución de 3.135 euros que pagó en concepto de IRPF por una prestación por maternidad de casi 11.700 euros. El tribunal le dio la razón. Este fallo hace previsible que más mujeres se animen a reclamar. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recomendado a las contribuyentes que lo hagan. Y de hecho en distintos despachos de abogados de Vigo ya han recibido consultas de madres que quieren iniciar acciones.

"Tenemos unos diez casos en los que vamos a iniciar la reclamación", confirma el letrado Juan Blanco. "Por ahora no conocemos que haya sentencias del TSXG en esta materia", añade el jurista, del despacho Calixto Escariz, que ve interesante que se empiecen a presentar demandas para que los magistrados gallegos se pronuncien. "Es cierto que hay un factor de riesgo, esto no es como las preferentes o la cláusula suelo donde el criterio judicial está consolidado; aquí no sabemos lo que va a decir el Tribunal Superior de Xustiza", explica. Y añade: "Pero por su pronunciamiento en otros asuntos como el de los emigrantes retornados, y por el hecho de que la argumentación de la sentencia de Madrid es coherente y válida, tenemos esperanzas en un pronunciamiento favorable a las madres trabajadoras".

¿Por qué la sentencia de Madrid, firme, no es vinculante? Básicamente, porque no ha llegado al Tribunal Supremo, ya que la baja cuantía de la cantidad en litigio no permite recurrir en casación. El Alto Tribunal se pronunciaría para unificar doctrina en caso de que haya sentencias con criterios contrarios. Y ahí se crearía jurisprudencia.

Otra letrada que comenzó a recibir consultas de mujeres que quieren reclamar la devolución del IRPF es Gema García, de Viana Abogados, y está estudiando los casos. "La sentencia de Madrid no crea jurisprudencia, pero abre una vía", valora. El abogado Daniel Borrás, de Borrás y Parapar, formalizará en breve una primera reclamación: "La gente se animará a demandar, es una cantidad económica importante".