El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha sentenciado al Sergas a pagar 300.000 euros a un hombre, P.G.T., que fue intervenido en el Hospital Xeral por una lesión de rodilla. La Sección Primera considera acreditado que la aplicación de un manguito de isquemia, que evita el sangrado durante la operación, provocó la lesión neurológica del nervio ciático y, como consecuencia, el hombre sufre una invalidez permanente. La sentencia viene a duplicar la cuantía del anterior fallo.

El paciente fue intervenido en octubre de 2011, cuando tenía 35 años, tras sufrir una caída y romperse el ligamento cruzado anterior. Tras la operación empezó a sufrir un dolor intenso en la zona, pero fue dado de alta a los pocos días con un diagnóstico de dolor crónico reflejo.

A principios de 2012 volvió a ingresar por los fuertes dolores. El servicio de Anestesia-Unidad del Dolor del Chuvi le colocó un catéter epidural, hasta en tres ocasiones, sin efecto. Entonces fue derivado al hospital Arquitecto Marcide de Ferrol, donde nuevamente se sometió a una intervención. A finales de 2012 la Seguridad Social le concedió la invalidez permanente absoluta y actualmente debe ayudarse de un bastón para moverse, no tolera corrientes ni de aire ni de agua, lo que dificulta su higiene personal, y tampoco puede conducir.

En primera instancia, el Juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Santiago de Compostela estimó parcialmente la reclamación de este paciente y condenó al Sergas a indemnizarlo con 150.000 euros. Consideraba que no había quedada acreditada "la correcta aplicación del manguito de isquemia", ya que no constaban datos sobre el tiempo al que estuvo sometida la pierna derecha durante la intervención, ni la presión de inflado o el tiempo de permanencia del inflado.

La sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Galicia eleva ahora la indemnización a 300.000 euros, más los intereses legales de esta suma desde la reclamación en vía administrativa, en febrero de 2013, e impone las costas del proceso judicial al Sergas y a la compañía aseguradora.