El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de un año de cárcel, inhabilitación para el ejercicio de la profesión de abogado durante el mismo tiempo y 1.800 euros de multa que la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, impuso a dos letrados, Arximiro S.F. y Xosé Carlos P.B. La condena es por un delito de apropiación indebida, en modalidad agravada, ya que se quedaron con los 32.165 euros que ganó un cliente en un pleito civil por una inundación en su tienda de muebles, hechos ocurridos en 2002.

La sentencia ya es firme y, de hecho, la sala viguesa ha dictado un auto estableciendo que se proceda a la ejecución de la misma. Este caso escribe así su último capítulo con este fallo del Supremo que desestima el recurso de casación, sustentado en 9 motivos, que había sido formulado por los condenados. La resolución, que los absuelve de otro delito, el de deslealtad profesional, por estar ya prescrito, establece la obligación de ambos juristas de indemnizar al cliente -que tenía una antigua amistad con uno de ellos- en 31.470 euros. También les impone intereses legales y costas.