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La juez absuelve a una madre del absentismo escolar de su hija al apreciar "sobreprotección"

La menor, de 11 años, sufre un trastorno ansioso que desencadena dolores y vómitos -La Fiscalía acusaba de abandono de familia por las reiteradas faltas a clase durante dos cursos

La Fiscalía solicitaba una condena por la presunta autoría de un delito de abandono de familia, pero la juez no ha compartido este criterio. La titular del Juzgado de lo Penal 1 de Vigo ha absuelto a una madre que se enfrentaba a una pena de 3.000 euros de multa por las numerosas inasistencias al colegio de su hija, que en la actualidad tiene 11 años de edad. La magistrada concluye que no quedó probado que esta mujer incurriese en "un incumplimiento injustificado y doloso" de sus obligaciones como progenitora, sino que, del testimonio de los docentes y expertos médicos que comparecieron en la vista, todo apuntaría a que habría actuado como consecuencia de una "inadecuada sobreprotección" hacia la menor, lo que hace "inaplicable" el delito que se le imputaba. La niña sufre una patología ansiosa que puede desencadenar somatización en problemas físicos como dolor de barriga y cabeza o vómitos.

Esta madre ostenta desde su divorcio la guarda y custodia de su hija. La sentencia concreta que la mujer matriculó a la niña en un colegio vigués para realizar tercero de educación primaria en el curso 2013/14. La escolar no fue a clase durante prolongados períodos de tiempo, "faltas de asistencia que su progenitora justificaba en la mayor parte de las ocasiones documentalmente o por teléfono a la dirección del centro". En el siguiente curso -2014/15-, cuarto de primaria, la menor fue inicialmente al colegio, pero a partir ya de octubre de 2014 comenzó de nuevo a ausentarse. La pequeña empezó a ser tratada psicológica y psiquiátricamente por un trastorno ansioso, con componentes psicosomáticos, que aún persiste, por lo que el psiquiatra, señala el fallo, "recomienda la no asistencia al colegio".

La juez concluye que no consta que la progenitora haya "incumplido" los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, por lo que decreta su absolución, como pedía Carlos Borrás, abogado de la acusada. En todo caso concreta que debe trasladarse a la Inspección de Educación la sentencia y el informe forense por si procede adoptar "las medidas oportunas o más convenientes en el proceso de escolarización de la menor". A día de hoy está en marcha un programa de apoyo con el Ministerio de Educación por el que un tutor va a casa de la pequeña, que también acude a una academia. "Allí está en contacto con otros niños de su edad y está muy a gusto", afirman en su entorno.

En la vista declararon el padre de la niña, el director del colegio, la orientadora, psicoterapeutas, el pediatra y otros profesionales como psiquiatra, psicólogo o peritos forenses. La magistrada, que en la resolución incide en lo "tremendamente difícil" que resulta juzgar este caso, señala que todos los testigos y peritos coincidieron en que la "intención" de la madre era que su hija fuera al colegio y que "colaboraba" para "lograr" la integración escolar.

La juez se centra en la patología ansiosa y la somatización en problemas físicos de la niña, "que es de lo que muchas veces es diagnosticada". Recuerda que facultativos declararon que "a un menor no se le puede forzar a ir al colegio si no se encuentra bien". "Así, si su madre, en un exceso de preocupación o en una inadecuada sobreprotección, no actuó correctamente o no la empujó suficientemente", eso no significa que incurra en delito, dice la magistrada. Aunque algunos peritos creen que la madre "facilitaba" la enfermedad de la niña, añade, "en ningún momento hablan de dejación intencionada o dolosa" de sus deberes como madre.

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