La Sección Quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha impuesto penas que suman 50 años de cárcel y multas por valor de 168 millones a la red de blanqueo de capitales que se le atribuye a Juan Carlos González Martín, alias "Culebra".

El tribunal condena a doce acusados. La mayor pena, de 6 años de cárcel y 56 millones de euros de multa, se imponen al líder de la red, "Culebra", que cuenta en la actualidad con 76 años de edad. Además de González Martín, la sala viguesa sentencia a su mujer, Nieves Domínguez Elexpuru, y a sus tres hijos Juan Carlos, Alejandro y Ana Isabel, a quienes impone 5 años de cárcel a cada uno por el delito de blanqueo, así como multas que oscilan entre los 20 y los 30 millones de euros. El resto de condenados son Gustavo Fermín Piñeiro Corrales (3 años y medio de cárcel y 200.000 euros de multa), María Pilar López Castro (4 años de prisión y 250.000 euros de multa), Margarita Martínez Sánchez (4 años de cárcel y 395.000 euros), Alfonso Collazo Aparicio (4 años de prisión y 520.000 euros), Elena María Muñoz Domínguez (4 años de cárcel y sanción de 345.000 euros) y Paula Fernández Muñoz (4 años de prisión y 356.000 euros).Finalmente, la menor condena ha sido la impuesta al constructor Carlos Rocha Portela, de 6 meses de cárcel, al considerar en su caso la sala que el delito de blanqueo de capitales es por imprudencia grave. Y sólo una de las trece personas que se sentaron en el banquillo, Fátima S.M., ha resultado absuelta.

La resolución, asimismo, establece el comiso definitivo y adjudicación al Estado (a través del Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros referenciados), de dinero, inmuebles, vehículos, obras de arte y joyas que se establecen en la sentencia.

La sentencia se notificó hoy, más de ocho meses después de celebrarse el juicio, que concluyó en julio de 2014. La sala recuerda en los hechos probados que a González Martín, condenado en 1997 por tráfico de drogas, le constan varias detenciones policiales en investigaciones relacionadas con el narcotráfico, concretamente dos antiguas de 1984 y 1996, y una más reciente de 2004. El tribunal establece que debido a esta actividad creó una serie de sociedades "utilizando personas interpuestas" con el fin de evitar que el producto de sus operaciones ilícitas figurara a su nombre, posibilitando de esta forma su entrada en el tráfico mercantil, ocultación y transformación, para conseguir con ello crear una apariencia de licitud de los ingresos de ilícita procedencia", se señala en la resolución.