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Víctor Salgado: "Es urgente una reforma penal"

"El actual Código Penal obliga a hacer encaje de bolillos; tampoco hay delitos adecuados para otros fenómenos como usurpación de identidad en internet"

El abogado Víctor Salgado. // V. E.

Víctor Salgado, abogado especializado en Derecho Informático, asiente cuándo se le pregunta si el Código Penal ha quedado en cierto modo anticuado para castigar fenómenos de nuevo cuño como el sexting. La difusión por WhatsApp de fotos íntimas u otras conductas al alza en internet como la suplantación de identidad en redes sociales tienen difícil acomodo en los actuales delitos. Algo, advierte el letrado, que obliga a hacer "encaje de bolillos" y "desampara" a las víctimas. Por ello, ve necesaria y urgente una reforma penal enfocada a tipificar estas conductas como delito para que deparen "sentencias ejemplarizantes" que ayuden a poner coto a esta problemática.

La Fiscalía acusaba en el caso de Vigo de delito contra la integridad moral. La juez no comparte este criterio. Aunque el Ministerio Público valoró recurrir, lo descartó ya que es difícil una condena por esta vía salvo que se acrediten perjuicios irreparables y un trato especialmente degradante. Y Salgado reconoce que este delito "no encaja" en el supuesto de sexting sentenciado: "Está previsto para otras conductas más vejatorias, como un maltrato psicológico llevado al extremo".

Otro delito barajado para castigar esta difusión de información íntima es el de descubrimiento y revelación de secretos (artículo 197 del Código Penal), castigado con hasta 4 años de cárcel. Pero de nuevo las particularidades del sexting chocan con la ley. Un requisito básico de este tipo penal es que el acusado haya obtenido ilícitamente las imágenes. Y en casos como el juzgado en Vigo son las víctimas las que, inicialmente, remiten esas fotos a un novio o a un amigo de forma voluntaria.

Precisamente, en el proyecto de reforma del Código Penal, en punto muerto, se prevé una modificación en este delito para dar encaje al sexting y penar esta conducta con hasta un año de cárcel. Si la difusión menoscaba gravemente la intimidad de la víctima, se castigaría aunque el acusado hubiese obtenido las imágenes con "su anuencia". "Eso daría solución y corregiría el problema fundamental que hay ahora", concluye Salgado.

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