Las sentencias en materia de estos productos se suceden. Una de las más recientes de Vigo condena a Novagalicia Banco a devolver 9.000 euros a un padre que, con el propósito de ahorrar un dinero para los estudios de sus tres hijos menores, depositó 3.000 euros a favor de cada uno de ellos en preferentes. El Juzgado de Primera Instancia 2 declara la nulidad de los contratos de adquisición de las participaciones, de 2007.

El afectado estaba representado por el abogado David Alfaya, que explica que en el juicio el propio director de la oficina "manifestó que no dio la información necesaria y que ni él mismo conocía de modo preciso las características y riesgos del producto". La sentencia establece que este padre había adquirido el producto en beneficio de sus hijos menores, con la condición de consumidor, por lo que era "merecedor de la máxima protección". Y pese a ello, la información que recibió fue "defectuosa", por lo que se aprecia error en el consentimiento.