Condenan al Sergas por el retraso injustificado en la práctica de una cesárea. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santiago obliga a la administración a indemnizar con 25.000 euros a una paciente que en mayo de 2006 dio a luz en el Hospital Xeral de Vigo a una niña con daños cerebrales tras acudir al servicio de Urgencias con dolor abdominal y disminución de los movimientos fetales. El magistrado considera que se perdió tiempo en realizar la cirugía, pero desestima la reclamación de la familia respecto a las lesiones del bebé.

Desde el Sergas acatan el fallo y no hacen valoraciones, mientras que la familia ya ha anunciado su intención de recurrir la sentencia por considerar que sí hubo mala praxis y no una mera pérdida de oportunidad. Reclamaban 400.000 euros en concepto de responsabilidad patrimonial. El caso está en manos del despacho Castreje & Co Abogados, adscrito a los servicios de la asociación El Defensor del Paciente que asesora a la familia.

La demandante, R.O.L., con 38 años de edad en el momento de los hechos, acudió el 7 de mayo de 2006 a Urgencias y le fue diagnosticado un desprendimiento de placenta a las 36 semanas de gestación. Su hija nació con lesiones neurológicas irreversibles que la familia atribuye "al personal que la atendió en el Chuvi y en el Centro de Especialidades de Coia". Denuncian una "falta absoluta de diligencia" por no llevar un control exhaustivo de la tensión arterial de la madre pese a tener antecedentes y por no detectársele días antes el desprendimiento de placenta.

El Sergas alegó durante el juicio que se trató de un "hecho imprevisible y se le realizó una cesárea urgente". Añadió que la paciente "estuvo controlada en consulta de algo riesgo" y el informe de uno de sus peritos relaciona los daños cerebrales de la niña con "un desprendimiento de placenta súbito, masivo e impredecible".

Por su parte, el perito judicial destaca en su informe que "la atención fue deficiente" tratándose de un embarazo de alto riesgo. La madre presentaba antecedentes de hipertensión crónica y había sufrido previamente dos abortos. Defiende que "existe nexo causal entre el deficiente seguimiento del embarazao junto a la deficiente asistencia en el parto y los daños de la menor". Su conclusión es que "el equipo quirúrgico que diagnosticó y trató de urgencia el sufrimiento fetal y el desprendimiento prematuro de la placenta retrasó demasiado el tiempo de la extracción fetal (16 minutos)".

Pese a sus argumentos, el juez decidió desestimar la reclamación por las secuelas del bebé y condena al Sergas por la pérdida de oportunidad terapéutica.