Un juzgado de Vigo y otro de Pontevedra han condenado a Novagalicia Banco a devolver 25.500 euros en total a dos clientes que compraron participaciones preferentes en las oficinas de Baiona y A Lama, a través de sendos contratos que han sido declarados nulos por vicio de consentimiento.

En la primera sentencia, el titular del Juzgado de Primera Instancia 11 de Vigo ordena a Novagalicia a devolverle a un cliente suyo 20.000 euros por venderle preferentes en un proceso que tacha de "burdo engaño".

Sostiene el juez que, a partir del "abuso" de la confianza del cliente, la entidad "tomó su dinero" para invertirlo en un producto "de tal complejidad" que llevó a los actuales responsables de Novagalicia a "pedir perdón" por ofrecerlos a personas "con mínimos niveles de formación" mediante "el engaño y las malas artes".

En su sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, recoge que durante la vista, la propia directora de la oficina en cuestión declaró que sus jefes de zona le exhortaban a decirles a los clientes que las preferentes tenían liquidez y que no era posible perder el capital invertido.

En la segunda sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia 4 de Pontevedra, la juez, que condena a Novagalicia a la devolución de 5.520 euros a un cliente de A Lama, afirma que el problema de las preferentes no es "la naturaleza" del producto, sino la forma en que se comercializó.

Dice literalmente que "no cabe duda de la existencia de un error" en el momento de suscribirse los contratos en la medida en que el contratante ignoraba las características del producto, pensando que lo que había adquirido era un depósito a plazo fijo.

También dice que si el cliente hubiera sabido que contrataba un producto de inversión, de carácter perpetuo, que podía perder parte del capital y que se podría ver abocada a ir a los tribunales, "le habrían llevado a adoptar una posición distinta respecto de la contratación".

La abogada viguesa Ángeles Fernández Berceruelo, que lleva a estos dos clientes y una decena más de casos por participaciones preferentes, explica a EFE que todos sus patrocinados presentan un perfil similar.

Ninguno tiene formación financiera, ni estudios superiores ni experiencia inversora, y son "clientes de muchos años" de Caixanova.

Por eso, confía en que las sentencias también serán favorables por mucho que la entidad financiera alegue, a través de sus representantes legales, que "la gente sabía lo que contrataba".

Subraya que todos sus clientes "firmaron todos los documentos que les pusieron delante", incluidos los llamados test de idoneidad y conveniencia, pero matiza que "no eran conscientes" de lo que suscribían por su "falta de formación" financiera.

Fernández Berceruelo recalca que algunos de sus clientes solicitaron someterse al arbitraje, una vía que cree "válida" si fuera "obligatoria" para el banco, que sin embargo "elige de entre todas las peticiones a quiénes llama y a quienes no".

Esa es la "principal pega" que esta abogada ve en el arbitraje, que el afectado "pierde la iniciativa".

Por lo demás, hace hincapié en que las dos primeras sentencias favorables a sus clientes tardaron seis meses en ser dictadas, así como en "la contundencia" de los términos en que se expresan los jueces, que "no dejan lugar a las dudas" de la mala praxis en la comercialización de productos híbridos.