Las víctimas de malos tratos no pagarán tasas judiciales en Vigo en los procesos de separación o divorcio de su agresor. El Juzgado de Violencia contra la Mujer, el competente para llevar los procedimientos civiles de rupturas matrimoniales que dimanen de una situación de violencia machista, no aplicará el tasazo a estas mujeres en "ningún" supuesto. Salvo casos "excepcionalísimos" que se creen improbables, la sala no pedirá el tributo al entender que el de divorcio es un procedimiento especial que no viene contemplado de forma específica en la ley y también en atención a que el propio ministro Alberto Ruiz Gallardón ha anunciado que la futura Ley de Justicia Gratuita incluirá la exención de las tasas para todas las mujeres maltratadas. "No sería justo que durante estos meses haya víctimas que deban pagar y quiénes presenten la demanda una vez entre en vigor esa norma no lo hagan", explicaron las fuentes consultadas.

Los divorcios y separaciones que no se producen en un contexto de violencia de género son competencia de los dos juzgados de Familia de la ciudad, donde a lo largo de 2012 se registraron 1.307 rupturas. Precisamente, uno de los muchos supuestos de la ley que suscita dudas y por tanto, podría generar diferentes interpretaciones a la hora de aplicar las tasas, es el de las rupturas y los asuntos que se derivan de ellas. Por este motivo, las dos salas viguesas han acordado un criterio común. En los casos de separaciones y divorcios no habrá que pagar en ningún caso cuando sean de mutuo acuerdo. Si son contenciosos, estarán exentos si la pareja tiene hijos menores: los demás supuestos -si no tienen hijos o si son mayores de edad- sí estarán obligados al pago. En liquidaciones de sociedades de gananciales, se abonará el tributo si no hay acuerdo entre las partes y es necesario acudir a juicio. Y en otro tipo de asuntos, como modificación de medidas en temas como pensiones, guardia y custodia, visitas... no se pagará si el asunto versa sobre menores, que son la gran mayoría. Sí habrá que abonar tasazo cuando se debata sobre la pensión compensatoria de la expareja.

Estos son los criterios adoptados en los dos juzgados de Familia -que coinciden con los que se han empezado a aplicar en otras ciudades-, con el importante matiz, y sobre esto no hay duda porque lo especifica sin ambages la normativa, de que los beneficiarios de justicia gratuita no tendrán que pagar en ningún supuesto. "En Familia habrá muy pocos casos en los que haya tasazo", afirman fuentes consultadas. De hecho, desde que hace un mes entró en vigor la normativa, sólo dos parejas tuvieron que pagar por su demanda de divorcio.

En el caso del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, la exención en los procesos civiles de rupturas matrimoniales -el pasado año hubo un centenar de asuntos- se extenderá a todos los casos. La sala ha adoptado esta decisión en coincidencia con la otra sala especializada en malos tratos de Galicia, ubicada en A Coruña. "La mayoría de las víctimas que tienen casos en esta sala tienen abogado de oficio, por lo que ya de ningún modo pagarían tasa, como tampoco si hay menores de por medio; pero entendemos que aunque no tengan este beneficio tampoco deben abonarla y no las estamos aplicando", afirman las fuentes consultadas, que señalan que este criterio es todavía "experimental". En lo que se basa el juzgado es que en la Ley de Tasas no se contempla de forma expresa el procedimiento especial del divorcio y que cuando entre en vigor la nueva norma de Justicia Gratuita se eximirá a todas las víctimas de maltrato del tributo. En todo caso, aclararon que el criterio podría cambiar si se eleva algún recurso a la Audiencia en contra de la decisión del juzgado y este órgano superior impone otro.