La resolución de la Audiencia de Pontevedra a favor de la familia de la niña llega siete años después de que se iniciase el pleito judicial y tras numerosos informes periciales. El litigio radicaba en si la parálisis cerebral padecida por la menor obedecía a un error o deficiente actuación del ginecólogo demandado, o a causas posteriores a su nacimiento y, por tanto, ajenas a su actuación profesional. En primera instancia, el juez absolvió al médico, al que ahora condena el tribunal provincial.

Aquel bebé nacido en junio de 2004 sufre importantes secuelas sin que se espere una evolución positiva: "Toda su vida futura comportará aprendizajes, estimulaciones y fisioterapia". La pequeña tiene una invalidez permanente absoluta y necesita la ayuda permanente de terceras personas, así como la adecuación de su vivienda pues precisa de silla de ruedas y auxilio para su alimentación. Además, sus posibilidades de comunicación "son escasas, aunque existen", según se recoge en la resolución de la Sección Sexta.

El tribunal sostiene que las infecciones que presentó la menor fueron posteriores al parto, a raíz de su intubamiento, por lo que se trataría de una consecuencia y no de una causa. Admite, al igual que la familia de la niña representada por el letrado Alfonso Iglesias, que otros factores posteriores pudieron agravar la propia situación de la niña.