El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) da la razón al Concello de Cangas en su lucha contra los asentamientos ilegales en la costa y apoya su orden de cortar el suministro eléctrico a dos caravanas de un vigués instaladas sin licencia en Nerga. El alto tribunal revoca la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Pontevedra que anulaba la decisión municipal y critica abiertamente a la administración autonómica por la "sorprendente pasividad e inobservancia de sus obligaciones en la materia".

Se trata de la primera resolución judicial sobre este problema y se produce después de que un vecino de Vigo, Emilio H.O., presentara un recurso contra dos resoluciones del Concello de Cangas que ordenaban a Fenosa dejar sin luz a dos caravanas de su propiedad ubicadas en Nerga, en suelo rústico de protección de espacios naturales. El interesado alegó por la inexistencia de expediente de restauración de la legalidad, de orden de ejecución, improcedencia de la multa coercitiva e indefensión, y en diciembre del año pasado un juzgado le dio la razón.

El TSXG argumenta en su sentencia que "las facultades conferidas al alcalde tienen por su propio sentido, significado y finalidad una inequívoca conexión con las actuaciones que la administración autonómica debe desarrollar para cumplir lo establecido para la protección de la legalidad en el suelo rústico".

El fallo deja claro que las decisiones municipales deben contar con el respaldo de medidas adoptadas por la Xunta, pero también indica que "una inexplicable pasividad de esta última no puede suponer el mantenimiento indefinido de las decisiones adoptadas en su día por el alcalde". Ahora, el TSXG avala que el Concello intervenga para que la situación de ilegalidad no se consolide: "Sería ciertamente inaceptable que por el Ayuntamiento se tolerara la continuación de una actividad constructiva ilegal", razona la resolución, de manera que "aún en la llamativa situación creada por la pasividad de la Xunta, ello no justificaría que también el Ayuntamiento incumpliera sus obligaciones".

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG también observa que en el caso de las caravanas de Nerga a las que Fenosa cortó la luz por orden del Concello, "no consta que el recurrente haya obtenido licencia o autorización". Más decisivo aún es que no acuda a la Xunta "a los efectos de al menos instar o plantear cuestión alguna al respecto", si es esa la administración que considera competente para resolverlo, añade el TSXG