M. LÓPEZ / M. FONTÁN
Al Concello se le acumulan las indemnizaciones. En este caso por una reclamación de responsabilidad patrimonial. El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo ordena al gobierno municipal que abone 83.123,84 euros –más intereses– a la familia de una niña que perdió la visión de su ojo derecho tras el impacto de un fuego de artificio en la cabalgata de Reyes de 2005. La madre de la pequeña –que tenía seis meses cuando se produjo el accidente– demandaba una indemnización de 136.000 euros.
El juez ha decidido que la responsabilidad de los daños y perjuicios sufridos por la menor recaiga únicamente en la administración local y no entra a valorar la actuación de la empresa pirotécnica contratada por el Concello. El fallo establece que la denuncia, presentada por la madre de la niña en agosto de 2006, "se dirige exclusivamente a la administración. Bien es cierto que también se pudo entablar su acción contra el tercero –empresa–, pero no lo hizo, lo que impide que este órgano judicial pueda pronunciarse sobre ella", concluye el magistrado.
La principal razón que esgrime la sentencia para condenar al gobierno vigués por el accidente es "la falta de seguridad" en el recinto en el que se tiraron los fuegos artificiales, en el patio interior del IES Santa Irene. "No consta protocolo alguno de seguridad, ni instrucciones dirigidas a la Policía Local acerca de la distancia que debiera ser guardada por parte de los espectadores respecto al lugar de lanzamiento de los efectos", recoge el dictamen.
El juez añade que tampoco hay constancia de la existencia de señales, barreras o cuerdas que delimitasen un perímetro de seguridad. De hecho, la menor se encontraba en su cochecito en compañía de familiares en medio de la calzada a una distancia de entre 25 y 40 metros del lugar de lanzamiento.
"El Concello debió adoptar las medidas de seguridad adecuadas para evitar un hecho como el que aconteció... No nos hallamos ante un suceso imprevisible", argumenta el magistrado, que considera que se produjo un "anormal funcionamiento del servicio de seguridad".
Pese a la indemnización de 83.000 euros fijada por el juez, éste reconoce que el Concello "consideró que existía la lesión o daño corporal" y que "formalmente obró con corrección". La sentencia hace mención a la elaboración de un bando municipal en el que se informaba a la ciudadanía sobre prohibiciones de estacionamiento, cierres de tráfico y propuestas de recorridos alternativos y recomendaciones varias, "entre las que, por cierto, no se contempla ninguna en relación al espectáculo pirotécnico", matiza el juez. Según la sentencia, "el riesgo derivado de la contratación de la pirotecnia es un hecho que alcanza la categoría de notorio".
14.000 euros de intereses
A la indemnización de 83.000 euros a la que debe hacer frente el gobierno local, se suman otros 14.000 en concepto de intereses desde la presentación de la reclamación patrimonial, en 2006, según estimaciones de la abogada de la demandante. De esta forma, el Concello tendría que desembolsar una cantidad del orden de 97.000 euros.
El juez considera que el accidente ocurrido en la cabalgata de Reyes de 2005 causó a la menor tanto un perjuicio fisiológico como estético, este último calificado como "importante". Según la madre de la pequeña, ésta no ha podido recuperar la visión del ojo dañado, aunque la sentencia matiza que "sufre una pérdida muy importante de visión, pero aún no una atrofia del globo ocular". La familia adelanta que utilizará el dinero de la indemnización para acudir a una clínica privada de Barcelona y recabar allí "más opiniones" sobre las posibilidades que tiene la menor de volver a ver por su ojo derecho. "En la sanidad pública ya no pueden hacer más", señala Gabriela Vázquez, madre de la niña.