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El gobierno local acota a 25 minutos el tiempo de debate de las mociones en el pleno

El nuevo reglamento se someterá a aprobación en la sesión ordinaria de finales de mes

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REDACCIÓN Una tiempo máximo de 25 minutos, contando con la exposición del concejal proponente. Es el periodo que el gobierno local pretende que duren, como mucho, los debates de las mociones en los plenos de la Corporación. La decisión se contiene en el nuevo reglamento –modificación del actual– que han elaborado los técnicos municipales y que ya obra en poder de los grupos políticos.
El tiempo de duración de los debates de las mociones no se contempla en el reglamento actualmente en vigor. El nuevo texto se someterá a aprobación en el pleno ordinario del último lunes de este mes, de acuerdo con el calendario establecido por el equipo de gobierno.
Fuentes municipales indicaron que "al acotar el tiempo de intervención en estos debates se persigue poner fin a los maratonianos plenos que se llevan a cabo desde que comenzó el actual mandato y que, se alargan a causa de los debates de las mociones". Unas intervenciones que, en algunos casos, han llegado a durar más de dos horas.
Con el nuevo reglamento se deja solamente cinco minutos a la intervención del concejal ponente de la moción y otros cinco minutos a cada uno de los intervinientes del resto de los grupos políticos. El edil que defienda la moción tendrá, con posterioridad tres minutos para realizar la réplica, mismo tiempo del que dispondría –si lo estimase necesario– el representante del gobierno local. Sólo en ese caso, el concejal proponente tendría otros dos minutos para responder. Si alguno de los presentes considerase que se le había aludido en el transcurso de la sesión, podría hacer uso de la palabra durante un minuto solamente.
Expulsión
Si alguno de los miembros del pleno no cumpliese con el tiempo establecido –también se acotan de la misma forma propuestas que no sean mociones– podrá ser llamado al orden por el alcalde.
El reglamento otorga la potestad al regidor de que si llama tres veces al orden a un edil, podrá expulsarlo de la sala.

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