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El TSXG sanciona a la titular de un centro de mayores sin licencia ni medidas de seguridad

El tribunal gallego confirma una multa de 75.000 euros impuesta por la Xunta

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M. FONTÁN El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado una sanción de 75.000 euros impuesta por la Xunta a la responsable de un centro de atención a personas mayores ubicado en un piso de la calle Urzáiz y en el que no existía “control alguno” de la salud de los residentes –diez de ellos mayores de 65 años y uno con demencia–, a los que se les suministraba medicación sin estar pautada por un facultativo. No es la única infracción grave, ya que el centro carecía de autorización administrativa y licencia municipal para prestar este servicio y no tenía medidas de seguridad.
La sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG ratifica la resolución de la Xunta de enero de 2008, en la que se impone a la demandada cinco sanciones de 15.000 euros por la comisión de infracciones graves recogidas en la Ley de Servicios Sociales. Las anomalías se descubrieron a raíz de varias inspecciones realizadas en el centro vigués, en las que los profesionales que se encargaron de las mismas vieron que en la residencia se estaba suministrando medicación a los mayores “sin que existiesen expedientes médicos ni dietas pautadas de las mismas”, según consta en la resolución del Alto Tribunal gallego, que desestima el recurso presentado por la responsable del centro.

Dieta

La sala destaca que la residencia carecía del expediente médico de las usuarias y desconocía las enfermedades que padecían. “[...] la medicación se le suministraba en función de la declaración de las propias usuarias [...]. En consecuencia, en el centro no existía control alguno de la salud de los mayores residentes”, se señala, para añadir que los familiares desconocían esta situación y, al contrario, creían que sí se llevaba a cabo un control sanitario, como el caso del hijo de una mujer que es diabética y que precisaba por ello de un control en su dieta.
Además de la inexistencia de la autorización necesaria para prestar el servicio, en la sentencia se resalta “la ausencia de las exigibles medidas de seguridad en las instalaciones” –no había sistema contra incendios ni constancia de una póliza de seguro de responsabilidad civil– y también “la obstrucción” mostrada a los inspectores de la Xunta, que tuvieron que acudir a la vía judicial para registrar el centro y obtener datos esenciales para su investigación. Al respecto, en el centro se llegó a denegar a estos profesionales entrevistarse con los residentes.

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