M. FONTÁN
El "top manta" ha generado un interesante e intenso debate jurídico. Hace unas semanas, un juez vigués pedía un indulto para un senegalés condenado por su propio juzgado al considerar "disparatada" la pena que establece la legislación para los inmigrantes que venden cedés y deuvedés en la calle. Una medida inédita pero no aislada, ya que en España existe un activo movimiento social auspiciado por jueces, abogados y artistas que denuncian la criminalización de los manteros. Tampoco en Vigo está solo este magistrado a la hora de calificar de desproporcionadas las condenas que contempla el Código Penal para este tipo de conductas: el fiscal jefe de la ciudad olívica, Juan Carlos Horro, también manifestaba ayer, "a título personal", que considera "excesivo" que el "top manta" tenga la consideración de delito.
"Personalmente me parece desmesurado que se criminalice así [la venta de reproducciones ilegales en la calle]; no debería ser considerado delito", concreta este fiscal. Pero el Código Penal, en concreto su artículo 270.1, establece una pena de hasta dos años de cárcel y 24 meses de multa para quien "reproduzca, plagie, distribuya o comunique" una obra literaria, artística o científica "con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero". "Una cosa es mi consideración personal y otra que, con la ley en la mano, se trata de un delito y como tal lo aplicamos", explicó el fiscal jefe vigués.
Petición
En el caso del "mantero" para el que el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo solicita el indulto, el representante del ministerio público que se hizo cargo del caso solicitó en el juicio una pena de un año y cuatro meses de cárcel y una multa de 3.240 euros. La condena que ahora será estudiada por el Gobierno central para ver si procede su indulto fue finalmente de seis meses de prisión y el pago de 720 euros (la mínima posible): la cárcel se sustituye por la expulsión de España por un período de diez años. En unos meses se conocerá si se concede o no la medida de gracia a este senegalés. Al respecto, diversas fuentes judiciales señalan que a la hora de valorarse el indulto no se tendrá en cuenta principalmente el tipo de delito, sino sobre todo las circunstancias del condenado, como el hecho de que se encuentre en proceso de rehabilitación, su situación familiar o que carezca de antecedentes penales. En la causa del ´mantero´ vigués no constan condenas anteriores, pero podría jugar en su contra que ya había sido detenido meses antes, con otro nombre, también por un delito contra la propiedad intelectual.
La mayoría de los indultos concedidos el año pasado a reclusos juzgados en Galicia –un total de 26 de los 380 de toda España– fueron por pequeños delitos como trapicheo de drogas, lesiones o robos.