MARTA FONTÁN
Un inmigrante sorprendido vendiendo un puñado de cedés y deuvedés en la calle puede acabar en la cárcel e, inevitablemente, expulsado del país. Ésto es lo que contempla el Código Penal por ofrecer copias piratas en las aceras, un castigo contra el que se acaba de ‘rebelar’ un juez vigués, que ha decidido solicitar un indulto para un ‘mantero’ senegalés condenado a seis meses de prisión en su propio juzgado al considerar que la pena que se le ha impuesto con arreglo a lo que establece la legislación es “disparatada” y “desproporcionada”. La medida adoptada por este magistrado es inédita, pero se encuadra en un movimiento jurídico y social que cada vez tiene más fuerza en España y en el que, en una decisión también pionera, los jueces de la Audiencia de Vizcaya optaron de forma unánime por no encarcelar a quienes vendan reproducciones ilegales y reducir su condena a una multa.
“Por decisión propia, tramité el indulto de oficio; pido concretamente un indulto parcial para que se le sustituya la prisión por una multa y evitar así su expulsión del territorio nacional”, explica Miguel Aramburu, titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo. Para este magistrado –que es la primera vez en toda su trayectoria profesional que solicita esta medida de gracia para un condenado– existe una “clara desproporción” entre el perjuicio causado por el senegalés Mondou N. , al que se le incautaron 216 copias ilegales de música y películas, y la pena que finalmente se le ha tenido que imponer como autor de un delito contra la propiedad intelectual. Éste es un castigo que se recoge en el artículo 270.1 del Código Penal, que establece hasta dos años de cárcel y 24 meses de multa “para quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica”.
Lo mínimo
En el caso del senegalés de Vigo para el que se promueve el indulto sobre el que tendrá que decidir el Gobierno central se le impuso lo mínimo previsto: seis meses de prisión y 12 meses de multa a razón de dos euros al día (720 euros). Pero esto no evita, tal y como se establece en la sentencia, que la cárcel tenga que ser sustituida por su expulsión de España durante un período de diez años. Algo que Miguel Aramburu considera “disparatado”. “Quiero evitar que lo expulsen, porque por vender CD´s en la calle la consecuencia es demasiado gravosa”, concreta el magistrado, que señala que, a partir de ahora, tramitará indultos a favor de todos los ‘manteros’ a los que tenga que condenar en estos términos.
La historia del inmigrante condenado en Vigo es similar a la de muchos otros ‘manteros’ que han acabado en los juzgados tras ser pillados vendiendo material ilegal en plena calle. Modou N. fue sorprendido a última hora de la tarde del 12 de junio de 2007 en la zona de Martínez Garrido ofreciendo cedés y deuvedés a un grupo de viandantes. Cuando vio que la Policía lo había visto, trató de escapar, pero finalmente fue interceptado y se le intervinieron las copias que llevaba en una bolsa negra. Fue condenado, pero ahora la intermediación de un magistrado vigués podría evitar que le den un billete obligado de vuelta a su país.