Un registro municipal obligará a los propietarios de edificios en ruinas a rehabilitarlos y a los de solares abandonados a construir en ellos. Es la nueva medida aprobada ayer por la Junta de Gobierno con la redacción de un proyecto de ordenanza que facultará al Concello a expropiar o bien a forzar su venta o sustitución en el caso de que los dueños no arreglen el inmueble o no edifiquen en la parcela.

Así lo explicó el alcalde, Abel Caballero, quien argumentó esta futura normativa en que "no podemos permanecer pasivos ante edificios ruinosos y solares vacíos". Apuntó también que su redacción es un paso que deben cumplir para poder aplicar la nueva ley de medidas urgentes en materia de vivienda, que permite a los ayuntamientos acordar la expropiación así como proceder al mandato de construcción, su venta o rehabilitación.

El siguiente paso será su aprobación en la Gerencia de Urbanismo, que adelantará la fecha de celebración para que el reglamento pueda ir al pleno de este mismo mes. De esta manera, podría abrirse el periodo de alegaciones en agosto y aprobarse de manera definitiva en septiembre. Caballero destacó el acuerdo de todos los grupos en la normativa y recordó que "fue una medida iniciada por el gobierno anterior y que nosotros concluimos" al tiempo que expresó su deseo de "no adoptar este tipo de acciones porque los propietarios tomen conciencia de su función social".

El proyecto de ordenanza establece que se podrán incluir en el registro solares no edificados y susceptibles de aprovechamiento o con uso residencial. También integrará construcciones paralizadas, edificaciones derruidas o inadecuadas. Según los últimos datos del Consorcio do Casco Vello, sólo en este barrio de Vigo hay ochenta inmuebles en ruinas y 150 en estado de peligro.

Plazos de cumplimiento

En cuanto al plazo para edificar o rehabilitar, el artículo décimo establece que transcurrido el plazo de dos años desde la inclusión del inmueble en el registro, se acordará la expropiación, la venta o sustitución forzosa "si no consta comunicación de inicio de las obras o, cuanto menos, se acreditara la imposibilidad de obtener la licencia necesaria". Una vez expropiada, el Concello deberá decidir en un máximo de seis meses cómo rehabilitar o construir y si pasa año y medio sin que se ejecuten estas medidas, el antiguo propietario podrá reclamar la reversión.