Más de 2.500 trabajadores de Xustiza están llamados hoy a la primera huelga indefinida de la historia del sector judicial en Galicia. Después de tres meses de negociaciones y tres paros en diciembre y enero, que fueron secundados por más del 80% de la plantilla, según los sindicatos, y el 45%, según la Xunta, el conflicto se recrudece y amenaza con paralizar y sobrecargar todavía más los juzgados gallegos, en los que se han fijado unos servicios mínimos del 40%.

En el centro de la disputa está la discriminación salarial que aseguran sufrir los trabajadores con respecto a los funcionarios del sector en otras comunidades, además de los recortes que dicen haber sufrido durante la crisis. En el primer caso, denuncian diferencias de hasta 10.000 euros al año, según el cuerpo, y en el segundo, haber perdido entre 3.000 y 10.000 durante el periodo 2013-2016.

La última discrepancia se produjo a raíz de los servicios mínimos. La Xunta publicó ayer en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la orden que los fijaba e inmediatamente fueron recurridos por considerarlos "excesivos" por los siete sindicatos que representan a la totalidad de la plantilla. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) tardó solo un par de horas en rechazar la suspensión cautelar solicitada por el comité de huelga. Según las estimaciones de los representantes de los trabajadores, los servicios mínimos afectarán al 40% de los funcionarios, el triple que en las tres jornadas de paro de diciembre y enero.

La orden de Vicepresidencia explica que "el ejercicio del derecho de huelga debe garantizar la actividad ininterrumpida de la Administración de Justicia en los aspectos cuya paralización pueda causar perjuicios irreparables a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos". Por eso, se ha visto obligada a "fijar unos servicios mínimos indispensables para el funcionamiento esencial que permitan compaginar el derecho a la huelga con el mantenimiento de los servicios esenciales necesarios para garantizar el servicio público".

¿A qué afecta la huelga de la Justicia en Galicia?

Entre ellos están los servicios de guardia de juzgados, fiscalías e Instituto de Medicina Legal; los juicios orales de causas con preso; medidas cautelares o provisionales en materia de familia, de violencia sobre la mujer y de libertad provisional y actuaciones relativas a violencia machista.

También se encuadran dentro de estos servicios mínimos las actuaciones urgentes del Registro Civil, como la expedición de licencias de enterramiento y el registro de asuntos en los que venza un plazo preestablecido por ley y cuyo vencimiento pueda deparar la pérdida de derechos a los ciudadanos.

La orden también destaca que "en aras a la protección del derecho de huelga, no fijó servicios mínimos en aquellos órganos que no atienden servicios esenciales, estableciendo, en aquellos que sí los atienden, las dotaciones mínimas que los puedan garantizar". El nombramiento de los funcionarios que formarán parte de los servicios mínimos será nominativo, es decir, el departamento de personal de cada Xefatura Territorial publicará un listado con los nombres de cada una de las personas asignadas por día. Estos trabajadores, aunque quieran hacer huelga, no podrán faltar a su trabajo.