La ola de incendios del pasado octubre acabó con 355.000 lirones, 177.500 conejos y hasta 7 milones de lagartijas, .... Precisamente para dar tiempo a que la fauna animal se recupere cuanto antes, hasta el 31 de diciembre de 2020 no se puede cazar en los montes quemados. Así lo impone la Ley de Prevención y Defensa de los Incendios Naturales de Galicia de 2007 para cualquier fuego, explicaban ayer desde la Consellería de Medio Rural.

La norma fija un plazo de tres años que termina siempre el 31 de diciembre posterior en que se cumplen tres años del fuego, "excepto autorización expresa del órgano competente en materia forestal".

La Plataforma Justicia y Defensa Animal hacía ayer un llamamiento a la ciudadanía para que denuncie cualquier cacería y batida que la ciudadanía pueda detectar en las tierras calcinadas por el fuego.

"Rogamos si veis cualquier batida y caza, nos lo comuniquéis en el plazo más breve, dado que está prohibida, y procederemos a la consiguiente denuncia". De hecho, esta asociación envió a la Xunta un "requerimiento de paralización de cualquier batida y caza por los graves incendios en el territorio que afectan gravemente a las faunal silvestres". El departamento que dirige Angeles Vázquez explicaba ayer que la prohibición ya está en vigor desde que se produce el fuego.

"Los terrenos afectados por los incendios y colindantes, no solo no se puede ejercer la caza, sino que se convierten en zonas protegidas", remarcaban ayer desde Justicia y Defensa Animal.