Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Los divorcios elevan un 31% los testamentos para nombrar gestor de los bienes de los hijos

Los notarios explican que se firmen 14.721 últimas voluntades más que hace 10 años "por las separaciones de hijos con descendencia"

El año pasado en Galicia se firmaron 7.832 testamentos más que en 2015 y 14.721 testamentos más que en 2007. ¿Por qué esa fiebre ahora por dejar por escrito cómo y entre quiénes han de repartirse los bienes de uno, en caso de fallecimiento? "El aumento se debe a una cultura según la cual no es necesario dejar el testamento para cuando uno es mayor. Cada vez viene más gente joven a hacerlo. Porque tener el testamento facilita las cosas en los casos de divorcios y separaciones de las parejas con hijos, por ejemplo. Se quiere clarificar la situación del patrimonio de los menores, en caso de que a unos de los padres les pase algo, que quede claro qué se hace con tus bienes", explica a este diario Isabel Louro, la decana del Colegio Notarial de Galicia.

Los testamentos en Galicia entre 2007 y 2016 se han disparado un 30,7%, el crecimiento ha sido progresivo y sin pausa. Hace una década se firmaban 47.868, cinco años después eran ya 52.328 y en 2016 ya superan los 62.500 y en el primer semestre del actual ejercicio ya se suscribieron 32.303, por lo que presumiblemente se cerrará el año con más documentos de últimas voluntades firmados que en 2016.

"Antes el testamento se dejaba para edades más avanzadas, pero lo que veo ahora en mi despacho es gente de treinta y tantos, sobre todo con hijos pequeños. Sirve para nombrar el tutor del patrimonio del hijo, sobre todo si no quieres que sea tu expareja, hasta la manera en que se van a administrar esos bienes", expone la notaria Isabel Louro. En Galicia, de media al año, más de cinco mil matrimonios se separan o divorcian.

Haz click para ampliar el gráfico

El auge de testamentos que se da en Galicia no sucede en el resto de España. Desde hace diez años, la firma de testamentos en la comunidad creció un 30,5% y con respecto a 2015 subió un 14,3%. A nivel estatal, sin embargo, sólo se incrementó la rúbrica un 14% en una década y un 1,5% en comparación con 2015.

El diferente comportamiento de Galicia también tiene explicación para la representante de los notarios en la comunidad. "Los gallegos tenemos muy buena cultura jurídica, siempre tenemos conciencia de que hay que arreglar las cosas. Está muy introducido en nuestra mentalidad. En un incendio, de las pocas cosas que corremos a salvar es el testamento y las escrituras de propiedad. Nos preocupamos por la documentación de las propiedades, que tanto esfuerzo y trabajo nos costaron, queremos que todo esté lo más regularizado posible", expone Isabel Louro.

Otra razón para que en Galicia se teste más que en otras comunidades es que en esta autonomía el Derecho Civil propio ofrece más margen de maniobra. Por ejemplo, la legítima, es decir la parte de la herencia que no se puede repartir cómo se desee, si no es que obligatoriamente para los hijos y cónyuge, supone la cuarta parte de los bienes, mientras que el Código Civil fija que para los hijos sornlas dos terceras partes de la herencia. La legitimaria del cónyuge viudo, en caso de estar casado, consiste en Galicia en el usufructo vitalicio de bienes hereditarios.

"En Galicia, hay mayores posibilidades de disponer del patrimonio que se lega. Por ejemplo, si se decide proteger más al cónyuge que queda vivo por encima de los hijos, de forma que pueda disponer del patrimonio mientras no fallezca para que no quede desasistido o sin recursos", apunta Isabel Louro.

Para hacer testamento sólo hay que acudir al notario con el DNI y explicarle cómo se quiere repartir el patrimonio. Ni siquiera es obligatorio realizar un inventario de los bienes en posesión ni acreditar con documentación su propiedad.

El testamento, que puede costar entre 38 y 50 euros, según el Colegio de Notarios, se recoge en escritura pública y se inscribe en el Registro de Últimas Voluntades. En el testamento, además de repartir bienes, se pueden incluir otras disposiciones, como limitar la fecha o edad en la que un determinado bien pasará a ser propiedad de un heredero.

Compartir el artículo

stats