El Parlamento decide hoy si entra a legislar sobre la custodia compartida de los hijos en caso de separación y divorcio. El texto, presentado por miembros de la Asociación de Pais e Nais Separados de Galicia como iniciativa legislativa popular, está respaldado por 15.000 firmas de gallegos e inspirado en las normativas que están vigentes ya en Cataluña, Navarra, Aragón y País Vasco. Aunque en la ronda de contactos con los partidos, los grupos "se mostraron interesados en la iniciativa", como explica el vicepresidente de la asociación, Abel Lamas, algunos ya han anunciado que votarán en contra. Lo hará el BNG, si se mantienen "los términos en los que está presentada" la iniciativa. En En Marea, aunque Luís Villares se mostró "personalmente" favorable, Esquerda Unida tampoco está de acuerdo con la "imposición" de la custodia compartida. Sin embargo, que el texto entre en tramitación parlamentaria depende de la mayoría del PP, que ya ha "decidido sin conflicto", como indica el portavoz Pedro Puy, el sentido de su voto. Si se tiene en cuenta que el propio PP se planteó legislar al respecto, es probable que le den luz verde.

La redacción de la ley, como está propuesta actualmente, recoge las experiencias previas no solo a nivel del texto sino también sobre su aplicación, explica Lamas. Si los grupos deciden admitirlo a trámite, el contenido de la norma, tal y como está presentada, puede cambiar por completo. Estas son las claves de la propuesta actual.

| Acuerdos antes de la ruptura

A los contratos prematrimoniales o la separación de bienes se puede sumar uno más: el acuerdo en previsión de ruptura. En él se acuerda antes o durante la relación cómo se llevarán a cabo las responsabilidades con los hijos en caso de ruptura. Es una figura que no existe en la legislación estatal pero sí en las comunidades en las que existe una ley de custodia compartida, como explica Lamas. "Es novedosa y muy importante porque favorece que las partes puedan poner punto final a su convivencia de una manera previsible. Este tipo de acuerdos previos, que luego se puede ratificar, modificar o ajustar a las circunstancias que se puedan producir, ya delante del juez, aportan mucha estabilidad", indica.

En la iniciativa se explica que el acuerdo deberá registrarse como escritura pública y será, en principio, de obligado cumplimiento. Existe además la figura del convenio regulador, que es la propuesta que los padres -de forma conjunta o por separado- deberán presentar junto a la demanda de separación o divorcio. En ella se explicará cómo desean acordar el cuidado de los hijos.

| Custodia compartida, aunque no guste a un progenitor

Esta opción será la preferente cada vez que un juez deba tomar la decisión de a quién otorga la custodia de los niños, aunque alguno de los progenitores se oponga. Dice el texto de la iniciativa que la mala relación entre los padres "no será obstáculo ni motivo suficiente" para no otorgar la custodia compartida, siempre que sea en interés del menor. El juez deberá tener en cuenta también si los progenitores asumen sus deberes la "aptitud y voluntad" de los padres para asegurar la estabilidad de sus hijos y el arraigo social, escolar y familiar de éstos.

Esquerda Unida ya mostró su desacuerdo con la imposición de esta opción por ser un "retroceso en los avances y derechos conseguidos por las mujeres", como defendió la diputada Eva Solla.

| Vivienda compartida, a la venta o para el uso de los hijos

Cuando existe una vivienda propiedad de los dos progenitores, la norma preferente será la venta. Si no es posible, el juez puede adjudicar el uso de la vivienda a los hijos, "en compañía de sus padres por periodos alternos" en caso de que se conceda la custodia compartida. Sin embargo, si uno de los progenitores no puede acceder a otra vivienda, podrá usar la familiar durante dos años.

En caso de que la custodia solo sea para una de las partes, el uso de la casa familiar le correspondería a los hijos "en compañía" de la persona que tenga su custodia por un periodo de dos años "mientras se procede a la liquidación de la vivienda". La iniciativa recoge que en caso de que la custodia se entregue al progenitor con menos dificultades de acceso a otra vivienda, el juez podrá adjudicársela al padre o madre que no tenga los recursos para buscar un nuevo domicilio. Las hipotecas se pagarán según el porcentaje de propiedad que tenga cada uno, mientras una de las partes esté haciendo uso de la vivienda. Los gastos, sin embargo, corren a cargo del que viva en el domicilio.

Otra opción es que la vivienda pertenezca solamente a una de las personas de la pareja. Cuando pasa esto y la custodia es compartida, la casa podrá adjudicarse, por dos años, a la persona que no pueda encontrar otra vivienda.

| Prioridad para las viviendas de protección oficial

El progenitor que deje la casa familiar debería tener preferencia a la hora de adjudicar las viviendas de protección oficial, dice el texto.

| Comunicación diaria

Los niños tendrán derecho a comunicarse "a través de diferentes medios o tecnologías" de manera diaria con el progenitor con el que no convivan en ese momento. El régimen de comunicación de los menores con sus padres será "lo más amplio y continuado posible". También se podrá regular la comunicación con sus parientes o allegados.

El contacto, y también la estancia con un progenitor, se limitará o suspenderá en caso de que haya circunstancias graves o que se incumpla de manera reiterada las órdenes del juez.

| Violencia machista

La única alusión a la violencia machista del texto de la iniciativa legislativa popular está en el apartado de régimen de comunicación y estancia. Se propone que no se de la custodia de los hijos ni se permitan contactos o estancias con el progenitor condenado "por sentencia firme por un delito de violencia doméstica o de género" hasta "la extinción de la responsabilidad penal". Es precisamente este punto uno de los que más controversia levantan, ya que olvidan los casos en que la violencia machista no está denunciada, como denuncian organizaciones feministas.