Las víctimas, algunos peritos e incluso la Agencia Ferroviaria Europea insistían en que el análisis de riesgo en la línea Ourense-Santiago y, en concreto, en la curva de A Grandeira, donde en julio se produjo el accidente del Alvia en el que murieron 80 personas y 144 resultaron heridas, era obligatorio. La Audiencia Provincial de A Coruña ordenó la reapertura de la causa en mayo del año pasado porque consideraba que se necesitaban nuevas pruebas para determinar si la evaluación del riesgo de la línea era necesaria. Y ahora confirma al exdirector de seguridad en la circulación de Adif, Andrés Cotabitarte, como imputado por 80 supuestos delitos de homicido y 144 lesiones por imprudencia grave, al desestimar los recursos de apelación de Adif y de la defensa del investigado. Los magistrados de la Audiencia, en un auto con fecha 28 de junio, justifican precisamente esta decisión en que existen "indicios de una actuación deficiente, incompleta y parcial en la evaluación de riesgos".

Este recurso era uno de los que quedaba pendiente de resolución después de que el juez que instruye la causa, Andrés Lago Louro, decidiese el pasado junio prorrogar el caso Alvia 18 meses hasta diciembre de 2018 y de que esta semana fijase la comparecencia de los peritos para el 27 de julio y reclamase a la Agencia Ferroviaria Europea un informe sobre la necesidad de una evaluación integral de riesgo en la línea en la que ocurrió el siniestro. Tras rechazar el recurso de Adif y Cortabitarte, la Audiencia coruñesa deberá pronunciarse ahora sobre la la petición de otras diligencias de las partes, entre ellas la soliticitud de la plataforma de las víctimas de nuevas imputaciones de cargos de seguridad de Adif.

Desde el organismo judicial reprueban, sin embargo, al instructor de la causa por sus "alusiones" en las que "parece dar por cierto que el riesgo de descarrilamiento en esa curva fue detectado y comunicado a Adif", argumento que también defiende la Unión Europea. Los jueces de la Audienca aclaran que la imputación del exalto cargo de Adif obedece a su "conocimiento de la situación de peligro" en Angrois pero el hecho de no mitigar ese riesgo "carece de base fáctica suficiente" porque en ese caso -aclaran- "la base para la imputación estaría clara y tendría que haberse producido con mucha antelación". Por el contrario, la Audiencia provincial resuelve que aunque hay base para la imputación es "problemática" porque no está del todo clara "la necesidad y la obligación de una evaluación integral de cla curva. El auto recoge que Adif aceptó una evaluación de riesgos "que se limitaba a los aspectos técnicos del subsistema de control, mando y señalización" pero "no se prestó atención a la peligrosidad de la curva" y, por tanto, "no se estimó el peligro de accidente por exceso de velocidad que tuviese en cuenta la decisión de Adif de excluir el sistema de frenado automático ERTMS que descartaría la posibilidad de descarrilamiento y que se preveía en el análisis preliminar".