Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Incendio en Fornelos de Montes

El TSXG condena a la Xunta en la muerte de 2 brigadistas por la demora de una motobomba

Sostiene que el retraso fue "una de las causas" de los fallecimientos, pero ellos, "presas del pánico", "erraron" en su reacción - Considera "adecuados" los medios de que disponían

Dos brigadistas, apagando el incendio de Fornelos tras la muerte de los dos brigadistas. // José Lores

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia obliga a la Xunta a elevar en 52.500 euros las indemnizaciones por la muerte de dos brigadistas en el incendio de Fornelos de Montes en 2010 por "el deficiente funcionamiento de los servicios públicos". En concreto, corresponsabiliza al Gobierno autonómico del fatídico desenlace por "la demora de la llegada del vehículo motobomba".

"Es evidente", según la sentencia, que "no se habrían producido" "las consecuencias lesivas", es decir el fallecimiento de Julio Martínez, de Tomiño, y de Rodrigo Amo, de Nigrán, si el dispositivo hubiera contado con la motobomba. Para el juez ponente, Benigno López González, la demora de la motobomba es "causa" , aunque "no es la única y determiminante causa" de que Julio, de 27 años, y con cinco campañas de extinción de incendios a sus espaldas, y Rodrigo, de 35 años, licenciado en Filosofía y siete veranos en el servicio de extinción, perdiesen la vida.

Al TSXG no le vale de disculpa para liberar de parte de responsabilidad a la Xunta que "el conductor desconocía el paraje y no dio con la entrada". Para el magistrado ponente de la sentencia, Benigno López González, lo importante es que el retraso en la llegada de la motobomba, con agua para apagar el siniestro, "determinó una demora en el ataque del fuego que obligó a los brigadistas que allí aguardaban, primero, a intentar manualmente que el fuego no alcanzase la pista, y, segundo, a refugiarse en esa zona segura en espera de la llegada de la motobomba". Ahí es cuando los dos brigadistas que perdieron la vida, "presas del natural pánico, equivocasen su conducta y se adentrasen en dirección al fuego", cuando debían haber permanecido en la pista como el resto de sus compañeros, sostiene la sentencia.

El fallo del TSXG al recurso contencioso-administrativo que presentaron las familias de los brigadistas entiende que "hay una responsabilidad culposa" en los dos fallecidos, y por ello rebaja la cuantía demandada por las dos familias. Reclamaban cada una 174.446,86 euros, pero sólo les concede el 30%. Previamente cada una había ingresado 75.553 euros por muerte en accidente laboral.

La única responsabilidad que el TSXG atribuye a la Consellería de Medio Rural es la demora de la motobomba y concluye que "tanto los medios materiales de que disponían los brigadistas como los protocolos a seguir fueron los adecuados".

"También resultó ajustada la experiencia y conocimientos con que contaban los integrantes de la brigada", añade. Las familias alegaban al contrario falta de recursos con que trabajaban sus hijos y la escasa preparación que se les proporcionaba.

En la sentencia se recoge el testimonio de un brigadista que expone que la formación recibida era "un curso intensivo de dos días de duración", que a él le parece "suficiente". Otro brigadista señaló que "no portaba mascarilla y que utilizaba una de papel".

"Lo correcto"

Los miembros de la brigada que trabajaban con Julio y Rodrigo y que fueron testigos en el juicio expusieron que "lo correcto" es "atacar el fuego desde la pista o sobre zona ya quemada".

Sin embargo, según se expone en el fallo, los dos fallecidos se adentraron en el monte cuando un fuerte viento avivó el fuego y éste invadió la pista. Todo sucedió mientras aguardaban por la motobomba y el jefe del equipo se había marchado para ir a buscar al conductor de la motobomba, que se había perdido.

El fallo del TSXG se produce siete años después del trágico siniestro. Antes, el juzgado de Redondela archivó el caso por no encontrar indicios. Hubo un sospechoso del fuego, que fue intencionado, pero no se encontraron pruebas para imputarle.

El juez tampoco vio indicios de un mal proceder por parte de la Xunta. Entonces, las dos familias acordaron interponer un procedimiento de responsabilidad patrimonial contra el Gobierno autonómico en el TSXG.

Elvira González, la madre de Rodrigo, justificaba entonces que Medio Rural tenía responsabilidad y no aceptaba que se les atribuyese a ellos su propia muerte. "No debieron mandarlos a ese incendio, no tenían medios para atacarlo", declaraba en 2011, a este periódico.

Compartir el artículo

stats