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La sentencia abre la puerta a las reclamaciones de 18.000 propietarios

Mientras el Gobierno no modifique la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los ayuntamientos tendrán que seguir cobrando este impuesto pese a la sentencia de inconstitucionalidad. La aplicación del IIVTNU es voluntaria, pero renunciar a él conlleva también dejar de cobrar por las operaciones de compra-venta con beneficias. De ahí que los municipios reclamen su urgente modificación para poder seguir aplicándolo pero solo cuando haya ganancia en una operación, dado que no está en la mano de la administración municipal decidir en qué supuestos se cobra y cuáles no.

Lo que sí posibilita la sentencia es la presentación de reclamaciones por parte de los contribuyentes para exigir la devolución de lo abonado indebidamente en los últimos cuatro años (los anteriores ya están prescritos).

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que los afectados por el impuesto de plusvalías pueden reclamar en primera instancia a los ayuntamientos. "La sentencia allana el camino de forma definitiva", sostiene la OCU.

Según cálculos de Tinsa, en toda España podría exigir la devolución del impuestos unos 550.000 propietarios, de los que 18.000 pertenecen a Galicia: 8.100 en A Coruña, 5.600 en Pontevedra, 2.600 en Lugo y 2.000 más en Ourense.

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