El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy una nueva resolución de la Consellería de Medio Rural sobre la plaga de la patata en la que se concretan las acciones prohibidas y las actuaciones a llevar a cabo para erradicar esta plaga de forma urgente. En la misma, se establece como zona plagada la de los 31 ayuntamientos gallegos donde fue detectada la polilla guatemalteca.

Se incluyen por completo los municipios de As Somozas, Moeche, Cerdido, Cedeira y Cariño, dado que en estos cinco ayuntamientos deberán aplicarse las medidas de vigilancia intensiva previstas en el real decreto estatal, y se establece el deber de la comunicación, de todas las parcelas plantadas en estas zonas.

Para las zonas plagadas, la resolución autonómica insiste en la prohibición del cultivo de patata durante dos años, así como el levantamiento y destrucción de las patatas ya plantadas tanto en este año como en anteriores. Además, será preciso llevar a cabo un tratamiento fitosanitario en las parcelas de cultivo.

En este sentido, la Consellería de Medio Rural está elaborando un calendario para la recogida de las patatas en cada ayuntamiento y parroquia. Será la Xunta, por tanto, la que asuma este trabajo de transporte (en camiones estanco) y la destrucción de los tubérculos.

Sí se podrá permitir de forma excepcional el cultivo dentro de las zonas plagadas con fines científicos y de ensayo para el control de la plaga, aunque estas parcelas serán previamente autorizadas y controladas por los servicios oficiales.

En el caso de los almacenes, la resolución diferencia entre aquellos de autoconsumo y comerciales, pero en ambos casos deberán entregar las patatas y semillas almacenadas, desinfectar y desinsectar adecuadamente los locales, instalar trampas específicas de feromonas y destruir los sacos y cajas que habían estado en contacto con las patatas infectadas o simplemente en la misma estancia.

Los comerciales deberán además colocar mallas tupidas en huecos, así como un sistema específico en las puertas ventanas para evitar la entrada de la plaga y llevar un registro de todas las entradas y salidas de este tubérculo del almacén así como su origen y destino.

En general, se prohíbe la entrada y comercialización dentro de las zonas plagadas de patatas de semilla hasta nuevo aviso. No está permitida, por lo tanto, la comercialización a granel y, en ningún caso, serán patatas producidas dentro de las zonas plagadas.

Es decir sólo está autorizada la patata procedente de zonas libres de la plaga, por lo que, subraya el documento que la entrada de patata en estos municipios será sólo para consumo directo e "irán preparadas y envasadas para el comprador final".

En cuanto a las indemnizaciones, la Consellería de Medio Rural publicará en los próximos días una orden que recogerá las compensaciones para aquellos productores que tuvieran que destruir patata. Las cuantías se cerrarán en negociaciones con el Ministerio y el Gobierno de Asturias para igualar las mismas.