El juzgado contencioso-administrativo número 1 de Ourense condena al Sergas, en una sentencia contra la que no cabe recurso de apelación, a indemnizar en 10.000 euros a un paciente por los perjuicios padecidos -incluidos los "daños morales"- al tener que acudir a la sanidad privada ante las listas de espera "excesivas" del Servicio de Neurología del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHOU), según informaron ayer desde el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

En la resolución judicial se aprecia que "con toda evidencia la Administración demandada incurrió en este caso en un funcionamiento anormal, incorrecto, deficiente más allá de lo tolerable para el servicio público de que se trata". El juez ve "lógico" que el paciente, dada la "tesitura", "se angustiase y acudiese a la sanidad privada". Para el magistrado "la Administración pública sanitaria funcionó de manera deficiente e incluso irracional".

El fallo del magistrado responde a un recurso presentado por el paciente, S. G. P., contra una resolución de la Consellería de Sanidade que desestimaba su petición de indemnización por los perjuicios padecidos al haber tenido que acudir a la sanidad privada por las lista de espera "desbordadas" de Neurología en el CHOU.

Según el demandante, tras una prueba que se le realizó en julio de 2014 y cuyos resultados debían evaluarse en septiembre, le dieron cita para el 28 de enero de 2015 pese a sus reclamaciones. Eso provocó que acudiese a un centro privado de Madrid, donde le prescribieron una intervención que debía practicarse, según el demandante, en un mes. El afectado lo planteó en su cita del 28 de enero sin que le señalasen fecha para la intervención, por lo que asegura que "no le quedó más remedio que someterse a la operación" en un centro privado en febrero de 2015. Además, el recurrente sufrió complicaciones a las que el CHOU "no pudo dar pronta respuesta" y tuvo que operarse de nuevo por la privada.

Por todo ello eleva el perjuicio económico a 14.030 euros, que se corresponden con las facturas de la privada. No obstante, su reclamación ante el tribunal ascendía a 17.030, al incluir otros 3.000 por "daños morales". Por su parte, la Xunta respondió a su reclamación que el paciente recibió en la sanidad pública "el tratamiento adecuado" y que acudió a la privada "por su propia voluntad". Si se encontró "mal" antes de la cita, alega el Sergas, debió haber ido a urgencias "y no directamente a un hospital privado, como hizo".

Tras analizar el caso el magistrado concluye que la responsabilidad de la Administración "no se deriva de una "mala praxis" de los médicos del Sergas" que trataron al paciente, "sino de un deficiente funcionamiento del Servicio de Neurología del CHOU en lo que a "listas de espera" se refiere". "Deficiencia", subraya, "que excedió de lo admisible y de lo tolerable". No obstante, rebaja a 10.000 euros la indemnización ya que el paciente no solicitó una intervención urgente en la pública tras el primer diagnóstico en la privada.

No es la primera vez que las listas de espera le pasan factura a la Xunta. Entre otras, en diciembre de 2014 el Sergas afrontó una indemnización de 67.500 euros al morir un varón que aguardaba por una cirugía cardíaca, según informó El Defensor del Paciente y recogió Europa Press.