La Audiencia Nacional se ha corregido a sí misma, por imperativo del Tribunal Supremo, y ha reducido de 14 a 10,4 millones el dinero a devolver por José Luis Pego y Gregorio Gorriarán, exdirectivos de NCG, en concepto de responsabilidad civil, tras ser condenados por administración desleal y apropiación indebida por la mejora de sus prejubilaciones. Además fija que el reintegro debe ser a Abanca y no al FROB, el fondo estatal que rescató a la caja fusionada, como acordó inicialmente. En todo caso, desde Abanca puntualizaban ayer que al firmar la compra de NCG se pactó que "cualquier indemnización procedente de la actuación de directivos o consejeros anteriores de la compra se destinaría al FROB. Por ello, y si finalmente Abanca percibe alguna compensación por este caso, deberá abonar las cantidades percibidas al FROB".

En su primer fallo, fijaba que Pego, exdirector de Novacaixagalicia, debía reintegrar 8,6 millones, Gregorio Gorriarán, exdirector del grupo inmobiliario de NCG, 5,2 millones y Oscar Rodríguez-Estrada, exdirector de la oficina de integración de NCG, 240.000 euros.

Los condenados recurrieron ante el Supremo en defensa de su inocencia, pero también cuestionaron que se les obligase a devolver más dinero del fijado en las indemnizaciones que les sentaron en el banquillo. El Supremo les dio la razón en este punto, no en el resto, al considerar que hubo "un llamativo error" en las cuantías fijadas y obligó a la Audiencia a recalcular los importes.

La equivocación fue que se habían sumado las cuantías de las indemnizaciones solicitadas por la Fiscalía a las indemnizaciones pedidas por las acusaciones como propuestas alternativas.

Finalmente, Pego habrá de reintegrar 6,4 millones, Gorriarán, 3,9 millones y Rodríguez-Estrada no habrá de satisfacer cantidad alguna, aunque es responsable civil solidario si Pego y Gorriarán no ejecutan sus respectivas devoluciones, igual que el expresidente de NCG, Julio Fernández Gayoso, y el exasesor externo de NCG Ricardo Pradas.

El Supremo, en un fallo del pasado mes de septiembre, anuló parte de la sentencia de la Audiencia Nacional, lo que ha motivado el nuevo fallo, hecho público ayer, pero mantuvo los dos años de prisión para la excúpula de Novacaixa por las prejubilaciones, que ya había determinado la Audiencia Nacional para cinco de los seis acusados. Incluso le parece exigua la condena, pero es la máxima permitida por la ley.

El exdirector adjunto de Novacaixa y procedente de Caixa Galicia, Javier García de Paredes, y el único al que se le realizó un contrato nuevo cuando se integraron las cajas gallegas, fue absuelto, tal como pidió la Fiscalía Anticorrupción en la última sesión del caso. El tribunal consideró que se le retiraba la acusación.

Para el FROB

El Supremo, aparte de reclamar un nuevo cálculo de las indemnizaciones, cuestionaba también que la Audiencia fijase que el dinero a devolver fuese a las arcas del FROB, cuando la Fiscalía pidió que lo recibiese "NCG Banco o su sucesor".

En su primer fallo, la Audiencia Nacional justificaba que el destinatario de la indemnización por responsabilidad civil fuese el FROB porque Novacaixagalicia "ha desaparecido como entidad jurídica" y estaba participada "enteramente" por el fondo estatal en el momento de la liquidación de los contratos. Ayer la sección tercera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional mudó el fallo y los 10,4 millones a abonar serán para Abanca.

También mantiene la nulidad de las pólizas individuales de aseguramiento, incluidas en los contratos de alta dirección de 2010 de los exdirectivos de Novacaixa, al considerar demostrado que los condenados incurrieron en "una estrategia" para mover "las voluntades de los órganos de gobierno" y modificar y mejorar sus contratos.

El alto tribunal cuestionó que la decisión no estaba justificada. "El criterio de este tribunal es el de acoger la mayor reparación del daño patrimonial a la entidad perjudicada", reza la sentencia.