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El Supremo elimina el veto a los parques eólicos en las aguas próximas a Galicia

El alto tribunal anula la sentencia de la Audiencia Nacional que avaló en parte la queja de la Xunta para proteger parte de la costa -Descarta la tutela en las aguas interiores

El estudio ambiental que el Gobierno publicó hace ya siete años para identificar qué zonas de la costa española eran susceptibles de acoger eólica marina como primer paso para instalar los llamados parques offshore desató una enorme polémica en Galicia. Salvo algunas franjas concretas, sobre todo en las Rías Baixas -entre Oia y Tui- y un tramo que va de Burela a Foz, la mayoría del litoral de la comunidad, el 75%, reúne en principio las características que se necesitan para explotar este tipo de instalaciones, de mayor producción y, por lo tanto, más rentables, que en tierra. La idea no gustó nada a ninguno de los tres grupos políticos que entonces llenaban el Parlamento. PPdeG, PSdeG y BNG protagonizaron, de hecho, uno de esos raros acuerdos conjuntos para emprender "todas las acciones" posibles, tanto por la vía administrativa como por la política, para "dejar sin efecto" el estudio ante los riegos que traía para el sector pesquero. Así fue. La Xunta lo llevó a los tribunales y la Audiencia Nacional rechazó el veto generalizado que pedía, aunque sí aceptó en parte sus reclamaciones y avaló un veto en las aguas interiores. Las más cercanas, las que están permanentemente comunicadas con el mar, afectadas por las mareas, y los puertos. Pero el Supremo acaba de eliminar esa restricción.

Ante el recurso de casación presentado por el Estado, el alto tribunal lo acepta, anula la sentencia de la Audiencia Nacional y desestima las pretensiones del Gobierno gallego. En su fallo, al que tuvo acceso FARO, es contundente. "No contamos en la Ley de Costas con una definición de "mar territorial" ni de "aguas interiores", ni con un concepto de recursos naturales, ni, en fin, con los conceptos de zona económica y la plataforma continental, donde, en principio, y en el ámbito del medio marino, los recursos naturales se encontrarían", señala.

Que era precisamente la razón a la que se agarraba la Xunta, la existencia de esas "aguas interiores", para hacer valer sus supuestas competencias sobre ellas y evitar el despliegue de los molinos. La normativa que impulsó la elaboración del estudio no hacía mención a ellas, pero sí las incluyó el mapa de identificación de las zonas aptas. El Abogado del Estado comentó en el arranque de la batalla legal que se trataba solo de una "orientación". Pero la Audiencia Nacional lo calificó de "extralimitación normativa" y respaldó la queja de la Xunta. No así de las áreas que vayan más allá de las 12 millas náuticas. Unos 22 kilómetros de distancia.

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El Supremo, sin embargo, descarta que el caso suponga una cuestión competencial, "sino, por decirlo de alguna manera, de una delimitación de ámbito territorial". "Dicho de otra forma, como quiera que la Xunta cuenta con competencias en el ámbito de sus aguas territoriales, tiene, por ello, legitimación para la impugnación del Estudio Estratégico aprobado por el Estado, que, con la aprobación del citado estudio, y al incluir en su ámbito las aguas interiores gallegas, ha invadido el "ámbito territoral gallego", aunque no las competencias de la Xunta, de las que carece en la materia", detalla el fallo. El real decreto que ampara el estudio de viabilidad de la eólica marina en España menciona expresamente que, a diferencia de los parques en tierra, el emplazamiento en el agua es "una novedad" por "la ausencia de experiencias previas en dicho medio y por se la competencia para su tramitación exclusivamente estatal".

La jurisprudencia del Constitucional, como recuerda la sentencia, apunta a que el mar territorial "no forma parte del territorio" de las comunidades. "Solo excepcionalmente pueden llegar a ejercerse competencias autonómicas sobre el mar territorial -añade-, siempre y cuando exista un explícito reconocimiento estatutario o solo cuando resulte imprescindible para el ejercicio de la competencia de la que es titular". Algo que no ocurre aquí. Tampoco la vulneración del principio de colaboración, porque se consultó a las regiones, que, además, podrían participar en el otorgamiento de la autorización.

Las consecuencias prácticas de la desaparición de cualquier veto a la eólica en la costa gallega se verán en el futuro. Cuando realmente exista una apuesta por explotar el viento en el mar. Una fuente de electricidad que, según los expertos, podría cubrir el 20% de la demanda de Galicia. Siempre que las empresas estuvieran interesadas en lidiar con el rechazo social y político. El sector de las renovables, de momento, sigue paralizado por la reforma energética que dejó sin primas a la mayoría de parques eólicos en tierra, por lo que el apetito inversor -y este tipo de proyectos son todavía más caros- brilla por su ausencia.

Sí existieron tentativas en el pasado. En las zonas con mayor recurso y mejor ubicadas para enganchar la producción. Varios proyectos en A Costa da Morte, el resto del litoral coruñés y la Mariña de Lugo.

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