Existió un "evidente y sin duda importante defecto formal", pero ese fallo "no es motivo suficiente para originar una nulidad". Es una de las conclusiones del fiscal de la Operación Patos en su segundo informe en contestación a la petición de nulidad de escuchas telefónicas y archivo de la causa, originariamente planteada por las defensas del presunto cerebro de la trama Enrique Alonso Pais y su número dos en la empresa Eiriña Jaime Alvariñas, pero a la que después se adhirieron más de una quincena de letrados, entre ellos los de la exdelegada de la Xunta en Vigo María José Bravo Bosch o los de los ediles vigueses David Regades y Ángel Rivas. De nuevo la Fiscalía solicita al Juzgado de Instrucción 7 de Vigo que declare que "no ha lugar" a esa anulación, aunque ahora lo hace en un escrito más extenso en el que también pide la práctica de diligencias relacionadas con la aplicación informática judicial Minerva para "acreditar la realidad de la existencia" del auto judicial que cuestionan las defensas, el de 30 de enero de 2013 que autorizó intervenir el teléfono móvil de Pais y del que derivaron las demás pruebas de esta megacausa.

La petición de nulidad de las escuchas se debió a la inexistencia del auto en el sumario. Tras ello, el juzgado trasladó a las partes una copia del documento, que extrajo de la aplicación Minerva. Pero los abogados de Pais y Alvariñas, en un segundo escrito al que como al primero también se adhirieron defensas, pusieron en duda la resolución notificada, calificándola de "simple borrador". En contestación a ello, la Fiscalía hizo ahora otro informe con "alegatos y razonamientos" que rebaten lo que exponen estos letrados. Y que -"con los datos que a mayores puedan resultar de las diligencias que interesamos", precisa- , hacen al fiscal llegar a la conclusión de que "no restan dudas sobre la fecha, autoría y autenticidad" de la resolución.

"Se trata, ciertamente, de un auto que no consta impreso, firmado y unido a las actuaciones en papel", admite el fiscal. Y añade: "Seguimos pensando que por mero error material con gran probabilidad durante las operaciones de desglose de la causa anterior [la Patos nació en otro caso]". Y tras matizar que esta última consideración es "mera hipótesis", expone una clave de su argumentación. "Pero ese evidente y, sin duda, importante defecto formal no es motivo suficiente para originar una nulidad, por cuanto en última instancia, acreditada ahora la autenticidad de ese auto, es equivalente a la situación que se produce con un auto en papel que no está firmado", afirma. Sobre esto último, concreta que el Tribunal Supremo ha declarado con "reiteración" que, por encima de "defectos formales", si se acredita la intervención del juez en la adopción de una medida -en este caso de intervención telefónica-, "es una irregularidad carente de significado constitucional y no afecta, por tanto, a la validez de la resolución y de la medida limitativa de derechos".

Con ello, además de oponerse a la nulidad y pedir que se mantenga en las actuaciones la copia de la resolución extraída de Minerva, demanda la práctica de diligencias relacionadas con esta aplicación informática. Lo hace para demostrar los "extremos" a los que se refiere en su informe para "acreditar la realidad de la existencia del auto de 30 de enero de 2013". Así, solicita que varias se hagan "bajo la fe pública" de la letrada de la Administración de Justicia del juzgado, y otras a través del CAU de la Xunta "o de aquel otro organismo que resulte competente" en la gestión de Minerva. Y, añade, "siempre a salvo de cualquier pericial informática" que la juez "pudiese estimar oportuna".

Más argumentos

En su informe, la Fiscalía reprocha que en el segundo escrito de los abogados de Pais y Alvariñas hay "afirmaciones y sugerencias que bordean lo calumnioso", "en cuanto sugieren una dolosa manipulación [del auto] cometida en el juzgado que sólo en caso de formularse en forma de querella por tal supuesta actuación sería coherente afirmar". "Nuestros razonamientos [...] parten de que pueden haberse cometido errores o realizado actos nulos, que este ministerio en su función de velar por la legalidad rechazaría, pero no puede presumir esas manipulaciones voluntarias que llegan a sugerirse", dice. Y al rebatir un argumento que plantean estas defensas cuestionando el número de diligencias y de NIG del auto, el fiscal hace la siguiente consideración al respecto de esta objeción de los letrados: "Por su flagrancia es una prueba clara de que nadie manipuló nada, pues vendría a ser tan poco útil como falsificar billetes de 40 euros".