Las entidades financieras dispondrán de un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor del decreto que regula el registro de viviendas vacías de la comunidad para registrar sus inmuebles sin ocupación. Por cada inmueble que no censen en este documento a partir de ese plazo, se enfrentarán a sanciones de entre 300 y 3.000 euros. Esta regulación será publicada en los próximos días en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y estará vigente un mes más tarde.

Así consta en el decreto que regula este registro, aprobado ayer por el Consello de la Xunta ocho meses después de que Feijóo anunciase una medida que se aplicará en ayuntamientos con más de 10.000 habitantes. El objetivo de esta iniciativa pasa por conocer el stock de vivienda en la comunidad de cara a la "planificación de las políticas sociales de vivienda", pero también para idear políticas de realojo de familias en situación de exclusión social o desahuciadas, si bien este elemento no ha sido concretado por el Ejecutivo. Este ya firmó convenios individuales con la Sareb para destinar viviendas vacías de esta a este objetivo, así como el impulso de alquileres sociales para evitar desahucios en caso de impagos hipotecarios con varias entidades.

La medida que superó ayer el último trámite antes de ser publicada en el DOG y entrar en vigor también incluye la posibilidad de que los pisos censados en este registro puedan incorporarse a la bolsa de viviendas del Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) para venderlos o alquilarlos a un precio tasado por la administración.

El decreto también abre la posibilidad de que concellos u otras administraciones inscriban sus pisos desocupados, así como de particulares en municipios incluso con menos de 10.000 habitantes, pero en todos estos casos de forma voluntaria.