Ya no es solo lo que piensa el sector. También el Tribunal Supremo tiene dudas de que la reforma energética impulsada por el Ministerio de Industria y que acabó con el anterior sistema de primas a las renovables por su contribución a la lucha contra el cambio climático sea legal. De ahí que se plantee llevar los cambios al Constitucional ante el periodo de incertidumbre que generaron hasta que el departamento que dirige en funciones José Manuel Soria lanzó la nueva ley eléctrica y la posible vulneración de los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima. Hay, según los datos que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ofreció ayer, "alrededor de 400 recursos" y a las empresas personadas en 30 de ellos, junto con la Fiscalía, el Supremo les da ahora un plazo de diez días para presentar alegaciones ante la procedencia de presentar la cuestión de inconstitucionalidad sobre dos de las normativas que encauzaron la reforma energética.

Concretamente, el Real Decreto-ley 9/2013 de medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico que finiquitó la remuneración generalizada a las energías limpias e instauró un nuevo marco con una retribución específica que rebajó considerablemente lo que cobraban hasta ese momento las que ya estaban en funcionamiento y la Ley 24/2013 del sector eléctrico que consolidó la modificación. En el caso de los parques eólicos gallegos, por ejemplo, la mayoría dejó de recibir ingresos adicionales a lo cobrado directamente del mercado por su producción. Precisamente ese es el motivo de sospecha del Tribunal Supremo. Si la aplicación del nuevo sistema a las instalaciones preexistentes va en contra de los límites que la Constitución pone a la retroactividad y a los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima.

El alto tribunal quiere también que los recurrentes esgriman sus argumentos respecto a la también posible inconstitucionalidad de las normas por establecer en su momento la entrada en vigor del nuevo régimen retributivo de forma inmediata "sin fijar un régimen transitorio" y el supuesto "periodo de incertidumbre" generado desde que se pararon las primas y hasta que no se supo cómo quedaría la remuneración, "durante el cual las empresas quedan abocadas a desarrollar su actividad sin conocer el régimen jurídico y retributivo que se les iba a aplicar en ese periodo intermedio". A la espera de las alegaciones y la decisión que finalmente tome el Supremo, por el momento queda suspendido en plazo para responder a esas primeras 30 demandas de las 400 entregadas. Entre ellas están importantes nombres del sector energético gallego como la principal renovable con capital autóctono, Norvento; otra de las grandes empresas ligadas a las energía en la comunidad, Engasa; Coren, que padeció los efectos con su planta de purines, actualmente sin actividad; o la propia patronal eólica gallega, EGA.

Los promotores del viento en Galicia fueron especialmente duros con la reforma energética de Soria y llegaron incluso a pedir a la Xunta que llevara las diferentes normativas al Constitucional. EGA alertó, entre otros motivos, de la posible ilegalidad de la retroactividad, de la que ahora duda el Supremo, y de la falta de seguridad jurídica. "Somos prudentes porque esto no deja de ser el principio del procedimiento", valoraba ayer su secretario, Íñigo Muniozguren, que aplaude el paso dado por el tribunal por el reconocimiento que sus dudas suponen para los muchos reparos que el sector manifestó insistentemente. "Eso significa que ve indicios en la vulneración de principios constitucionales -añade- y para nosotros es positivo".

Ante el Tribunal de la UE

La providencia, dictada solo dos días después de las elecciones en las que el PP presumió de la reforma energética como uno de sus logros, deja claro además que la recogida de alegaciones y el procedimiento que podría abrirse en el Constitucional se hace "sin perjuicio de lo que más adelante pueda acordarse sobre un posible planteamiento de cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea". En el organismo de arbitraje dependiente del Banco Mundial se acumulan a estas alturas casi una veintena de demandas contra Industria por parte de inversores extranjeros por estas mismas razones.