El Supremo revisará la condena de dos años de prisión y la devolución de 14 millones de euros que la Audiencia Nacional impuso a la antigua cúpula de Novacaixagalicia el pasado 22 de octubre por las polémicas prejubilaciones que cobraron a su salida de la entidad. El alto tribunal admitió ayer a trámite los recursos de casación presentados por los exdirectivos y el asesor externo y les da a todos ellos hasta el próximo 14 de enero para la formalización de las alegaciones. En el esbozo inicial presentado para solicitar el amparo del Supremo, los afectados sostienen, entre otras razones, que el fallo vulnera principios legales fundamentales y no tiene en cuenta una larga lista de pruebas que, aseguran, demuestran el conocimiento "continuo y detallado" de los contratos de alta dirección, "la inexistencia de mejoras" y las cuentas de Caixanova y la caja fusionada hasta septiembre de 2011, cuando salen de la gestión.

Las defensas de Julio Fernández Gayoso -expresidente-, de José Luis Pego -ex director general-, Gregorio Gorriarán -encargado de la división inmobiliaria- y Óscar Rodríguez Estrada -de la oficina de fusión- mantienen que la sentencia incurre en varias infracciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concretamente, por la supuesta indefensión creada para los condenados al saltarse "preceptos penales de carácter sustantivo" -que son fundamentales en el ordenamiento jurídico- o "normas del mismo carácter que deban ser observadas en la aplicación de la ley penal"; por posibles errores en la apreciación de pruebas; porque la sentencia no expresa "clara y terminantemente" los hechos que se consideran probados e incluso incurre en contradicción; y porque no se resuelven todos los puntos que fueron objeto de la acusación y las defensas.

Para apoyar sus argumentos, en esta primera fase del recurso de casación, los exdirectivos apuntan a la información que figura en los estatutos de Caixanova y Novacaixagalicia; actas de los consejos de administración entre 2005 y ya con el banco creado; y actas también de las comisiones de Retribuciones y Nombramientos y la de Control del mismo periodo. Con toda esta documentación, que se analizó durante el juicio y la sentencia apenas recoge, los gestores inciden en que los órganos de control internos y externos estuvieron al tanto en todo momento de sus condiciones laborales, sobre las que insisten también que no sufrieron variaciones, como sí indica la sentencia para poder condenarles. De ahí que también señalen al Supremo el presunto error de apreciación de pruebas con la documentación de las pólizas, los informes de NCG, el despacho Sagardoy y hasta tres del Banco de España que lo confirman.

Del regulador van referenciados otros dos informes suyos, además de varias notas de reuniones y correos electrónicos que obraban en la causa y que, según los condenados, reflejan el conocimiento que el Banco de España tenía de los contratos. Y, finalmente, el recurso recoge los documentos con las cuentas anuales de las entidades, los test de estrés y los exámenes del Banco de España y el FROB a los balances, además de los planes de negocio y recapitalización elaborados en mayo de 2010 y septiembre de 2011.

La Audiencia Nacional basó su condena casi palabra por palabra en la teoría de las dos fiscales encargadas del caso ante la existencia de "un plan urdido" de los directivos para mejorar su contratos ante su "previsible salida", incluso antes de que se acordara la fusión de las dos cajas y pese a que todos los testigos coincidieron en que la marcha de Pego, Gorriarán y Estrada fue obligada por el cambio en la dirección de la entidad a la llegada de José María Castellano. Él mismo lo admitió. El fallo dio la espalda a la mayoría de pruebas presentadas por los acusados y se centró prácticamente en exclusiva en algunos peritos y solo en parte de sus declaraciones porque, afirmó, tienen una "labor imparcial e independiente". Pese a cobrar por los mismos conceptos -5,7 millones de euros-, excepto uno, y que la sentencia incluye Javier García de Paredes en las maniobras, el último día de juicio las fiscales pidieron su absolución y el tribunal lo respaldó, permitiéndole quedarse con el dinero.