La abogada de Alfonso Basterra, Belén Hospido, que acaba de presentar recurso por la condena a 18 años por la coautoría en el fallecimiento de la niña, pide la absolución para su defendido al considerar que se ha "vulnerado el derecho a la presunción de inocencia" y que no existe "prueba indiciaria válida para sustentar un pronunciamiento de condena". Hospido cuestiona en el recurso interpuesto y que ahora debe ser admitido por el magistrado, Jorge Cid, el veredicto del jurado. Expresa que no existe "prueba indiciaria válida en el veredicto" y que los hechos considerados por el jurado no están "plenamente probados". Es más indica que en varios puntos el propio jurado da un giro a la interpretación de los indicios que, finalmente, resultaron en contra de su defendido.

Para Hospido, además, en el desarrollo de la vista, se quebrantaron "normas y garantías procesales". La inadmisión de varios medios probatorios, como la revisión de la inspección ocular del lugar en donde apareció el cadáver, "generó indefensión a esta parte y supuso una vulneración de su derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, siendo imposible determinar, tras el veredicto, hasta qué punto pudo incidir su falta en la decisión del jurado", incluye la abogada en el escrito. También critica Hospido que en las instrucciones dadas por el magistrado al jurado para realizar el veredicto "fue ambiguo y poco esclarecedor en sus referencias a la valoración de la prueba indiciaria y a la primacía de la presunción de inocencia". "El contenido del veredicto evidencia la deficiencia de tales instrucciones y lo relevante de las omisiones", añade. Por ello, la abogada pide la celebración de un nuevo juicio.

Rebajar la pena a 10 años

Además de dichas peticiones, considera Hospido que hay que modificar la sentencia, "eliminando la concurrencia de la circunstancia de alevosía y la circunstancia mixta de parentesco". Para la abogada del padre de Asunta la pena debería ser "el mínimo previsto legalmente para el delito de homicidio, sin concurrencia de circunstancias modificativas: diez años de prisión".