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Sanidade indemnizará con 417.000 euros a la joven de Cangas que estuvo 78 días en coma

Una juez condena a la Xunta por confundirse de playa la ambulancia que acudió a reanimar a Andrea Molanes tras casi morir ahogada - Tiene una discapacidad del 95%

Andrea Molanes. // Santos Álvarez

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Pontevedra ha declarado la existencia de responsabilidad patrimonial de la Xunta y ha condenado por ello a la Consellería de Sanidade a abonar 417.269 euros a la joven de Cangas Andrea Molanes que estuvo 78 días en coma y 217 días hospitalizada tras estar a punto de morir ahogada con 16 años, el 20 de mayo de 2010, en la playa canguesa de Canabal. Fue rescatada por sus amigas y reanimada en un primer momento por un buzo, pero la ambulancia medicalizada tardó casi una hora en llegar al lugar del accidente porque se confundió de playa. La joven arrastra una discapacidad del 95%.

La magistrada-juez exonera de toda responsabilidad al Concello de Cangas y dice que su actuación fue correcta. "Su única intervención en los hechos es la que se refiere a la actuación de los Servicios de Protección Civil, dependientes del Ayuntamiento de Cangas, los cuales prestaron en todo momento, como resulta de los hechos expuestos, una total colaboración y asistencia, en cuanto les fue comunicada la situación existente". Asegura, en cambio, que sí procede declarar la existencia de responsabilidad respecto a la Xunta, en cuanto a la Consellería de Sanidade como encargada de la prestación de la asistencia sanitaria a los ciudadanos. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

El fallo determina que la ambulancia medicalizada que tenía que atender a la joven se equivocó de playa, al acudir a la de los Alemanes en vez de a la de Canabal. La primera ambulancia llegó a los dieciséis minutos, pero la segunda, la medicalizada con el equipo completo de desfibrilación y más medios asistenciales, erró en la ruta y tardó casi una hora en llegar.

"Efectivamente, de manera no intencional, se produjo un error respecto al lugar, a la playa en la que se encontraba la menor, Andrea, que determinó en definitiva que la llegada de la ambulancia medicalizada que practicó a la menor desfibrilación cardiaca e intubación orotraqueal, recuperando en ese momento el pulso tras dos minutos, se produjo más tarde de lo debido, precisamente por ese error de la primera ambulancia respecto a la playa en la que se había producido el accidente. En definitiva, esa ambulancia medicalizada, que es la que dispone de desfibrilador para practicar la reanimación avanzada, tardó en llegar a la playa del Canabal, desde las 19,34 horas, momento de la entrada de la llamada del alertante, hasta las 20.30 horas, hora de llegada de esa ambulancia, 56 minutos", se recoge en la sentencia.

Andrea Molanes pasó dos meses y medio en coma inducido y más de 200 días hospitalizada. Como consecuencia del accidente, la Consellería de Traballo le reconoció una discapacidad del 95%, una valoración que la juez ha valorado en su sentencia condenatoria de la Consellería de Sanidade. Tras salir de Povisa y permanecer dos años ingresada en el Centro de Promoción de la Autonomía Personal de Bergondo, en A Coruña, que pertenece al Inserso, desde hace unas semanas permanece en el Centro Alento de Discapacidad Psíquica, en Vigo.

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