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Nueva normativa para mejorar la protección viaria

La Xunta limitará los accesos de casas y fincas a las carreteras y revisará si tienen permiso

Medio Ambiente dará dos años a los concellos para suprimir los viales construidos sin licencia. Podrá instar al particular a reformar la entrada a su vivienda para reforzar la seguridad

Protesta de vecinos por el acceso a una casa, en A Estrada. // Bernabé/Luismy

La tradicional dispersión que caracteriza el territorio gallego con la construcción de viviendas fuera de los núcleos poblados, así como la proliferación de urbanizaciones antes de la crisis, incrementaron el número de viales de acceso a las carreteras de la comunidad autónoma. Bastaba un simple permiso para dar salida desde una finca o una casa a la red viaria. Ahora la Consellería de Medio Ambiente ha decidido poner coto a esta situación limitando la construcción de nuevos accesos. Y afectará no solo a particulares, sino también a los propietarios de instalaciones de servicios como hoteles o gasolineras y también a otras administraciones como los concellos cuando quieran abrir un vial que conecte con una carretera autonómica.

La intención del departamento de Ethel Vázquez es reducir la discrecionalidad para abrir nuevos accesos a "lo estrictamente ineludible" y de esta manera mejorar la seguridad vial. Para ello prepara una orden que no solo limitará la apertura de nuevos caminos con salida a las carreteras gallegas sino que podrá obligar a los propietarios de los que ya existen a reformarlos. "Se podrán modificar las autorizaciones otorgadas para su mejora en ciertos casos, como que el acceso tal y como esté suponga un riesgo para la seguridad viaria o por un incremento del tráfico", aclaran desde Medio Ambiente. Y, por supuesto, añaden, los gastos serán a costa del particular o titular del acceso, en caso de que sea una administración.

La consellería verificará además que las salidas a la red viaria autonómica tengan la correspondiente autorización. Así dará dos años a los concellos, desde que se apruebe la orden, para que supriman todos aquellos accesos sin licencia o que no cumplan con las condiciones pactadas.Y la eliminación de estos caminos, según advierten, no dará lugar a ninguna indemnización al propietario.

En el caso de casas unifamiliares y predios agrícolas, la nueva orden estipula que se denegarán todas las salidas a carreteras de la red autonómica cuando no exista la suficiente visibilidad. Además si la vivienda o la finca ya tiene acceso por otro vial no se dará permiso para una segunda entrada. Queda vetado también cualquier camino que desemboque en una carretera que tenga un vallado perimetral en sus márgenes.

La consellería tampoco aceptará que se abran accesos a casas que estén a menos de 50 metros de un túnel, confluencias, bifurcaciones o trechos de frenado.

Y en caso de que se conceda la autorización Medio Ambiente fija una serie de requisitos técnicos para la construcción del acceso relacionados con el trazado, la pavimentación, la iluminación y la señalización.

El acceso debe tener un mínimo de ocho metros y medio de largo hasta el límite de la calzada. Y el ancho debe ser de al menos 2,5 metros si es la salida de una casa y de tres metros si es una explotación o finca agrícola, aunque se deben dejar libres de obstáculos hasta los seis metros. Medio Ambiente regula incluso la pendiente máxima que deben de tener estas salidas a la red viaria, que no será superior al cuatro por ciento en una longitud no inferior a cinco metros. Y, por supuesto, si la finca está cerrada por una puerta, ésta no debe abrirse nunca hacia la carretera y tendrá que situarse fuera de la zona de dominio público y de servidumbre del vial y a una distancia mínima de seis metros del borde de la calzada.

Además no se podrá construir el acceso con cualquier tipo de firme. La norma establece que debe ser "una mezcla bituminosa, hormigón o un tratamiento superficial mediante riego con grava y bicapa". Y al igual que una carretera convencional el camino de entrada a una casa o finca deberá tener sistemas de drenaje incluyendo arquetas de registro si es necesario.

En el caso de los accesos a establecimientos de servicio (gasolineras, hoteles, supermercados...) la iluminación no debe deslumbrar a los usuarios de la carretera y no se podrá situar ningún tipo de publicidad ni carteles informativos en la zona de dominio público o vía de servicio. Y fuera de esta área tampoco se podrán instalar si provocan deslumbramientos, confusión o distracciones a los conductores.

Los propietarios sin autorización podrán ser sancionados y obligados a reparar los daños

  • La Consellería de Medio Ambiente advierte que la ejecución de nuevos accesos sin autorización o el incumplimiento de las condiciones fijadas en el permiso constituye una infracción que puede ser sancionada por la Lei de Estradas, que contempla multas a partir de los 250 euros.Además los propietarios tendrán la obligación de reparar los daños provocados al dominio público viario, de indemnizar por los daños no reparables y las posibles pérdidas causadas por su infracción, así como de restituir el terreno a su estado anterior.Para poder construir un acceso a una carretera, la Xunta exigirá a los propietarios de casas y fincas la presentación de una memoria explicativa con planos, esquemas y los datos necesarios "para la correcta e inequívoca localización y definición" del vial que quiere ejecutar.En el caso de los titulares de establecimientos de servicio, promotores urbanísticos y otras administraciones, además de esta memoria, tendrán que presentar un proyecto constructivo firmado por un profesional técnico.Desde la consellería aclaran además que la autorización que den para construir un determinado acceso no conlleva el permiso para ejecutar edificaciones o instalaciones en ese mismo terreno. Y además advierten que la apertura de un acceso no supondrá en ningún caso que el propietario tenga exclusividad en el uso, aunque lo pague él. Así la administración puede determinar que sea utilizado por otros usuarios por razones de interés público y seguridad vial.

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